Redacción. – La Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep) reclamó a los diputados por los nuevos cambios aplicados al proyecto jornadas 4-3.
Solo en la sesión de ayer (que se vio interrumpida por un sismo de 4.5 grados), se aprobaron 14 mociones que cambian el texto de ley y además, por dichos cambios, fue remitido a consiltas obligatorias.
Eso generó el malestar de los empresarios, los cuales consideran que la iniciativa, tal y como quedó, sería “inviable”.
“El sector empresarial considera que las modificaciones impulsadas y aprobadas a la fecha desvirtúan el objetivo original de la iniciativa y comprometen seriamente su viabilidad técnica y operativa, haciendo inviable su aplicación en caso de ser aprobada en el Plenario Legislativo”, expresó el sector.
Desde Uccaep señalan que las modificaciones impulsadas y aprobadas a la fecha “desvirtúan el objetivo original de la iniciativa” y “comprometen seriamente su viabilidad técnica y operativa”.
Así, hicieron un llamado a los diputados para “regresar” a la versión original del proyecto, por ser una propuesta “equilibrada, viable y necesaria para atender las realidades productivas”.
¿Qué cambios les molestaron?
Algunos de los cambios aprobados están vinculados a temas de salud ocupacional.
Asimismo, se ponen reglas para evitar abusos en la aplicación de jornadas extendidas, garantizar tiempos de descanso, alimentación y condiciones mínimas de salud, condiciones higiénicas, ventilación, iluminación y ergonomía.
Además, se permite que los trabajadores sean sometidos a una evaluación médica ocupacional semestral, gratuita por parte del patrono y todo bajo la fiscalización de la Dirección Nacional de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo (MTSS).
Además, se aprobó una “cláusula de reversibilidad colectiva de la jornada excepcional de 12 horas”. Si menos del 50% de las personas trabajadoras no desean trabajar más bajo ese régimen, las jornadas quedarían sin efecto.
Otra está relacionada con el pago de libres: Si un trabajador es llamado a laborar en su día libre, deberá percibir el pago correspondiente al doble de la remuneración ordinaria por hora.




