En tres días hábiles el jerarca del MOPT, Luis Amador y la presidenta del INS, Mónica Araya, deberán aclarar porqué no funcionó la póliza del bus de la Empresa Alfaro, accidentado en Cambronero en setiembre y que dejó a una veintena de víctimas (nueve fatales) sin seguro ni cobertura médica.
El permiso para la operación en precario que dio el CTP (que actualmente preside Amador por ser ministro de Transportes) años atrás a Alfaro, cuando en realidad debía abrir el concurso para una nueva empresa que sí cumpliera con los requisitos de ley, dejó como saldo el desamparo de las familias afectadas por el derrumbe que se llevó a un guindo al autobús de la empresa que opera la ruta a Nicoya.
La Sala acogió para estudio un recurso de amparo presentado por dos personas afectadas en el incidente, María Jovita Zuñiga y Aurora Lara, dos de las víctimas de la tragedia que quedaron con secuelas y con atención médica coartada ante el vencimiento de las pólizas y la ausencia de explicaciones del INS.
DESASTRE EN EL CTP

A pesar de la tragedia, el CTP evitó sancionar a la autobusera, la idea era quitarle a ruta a Empresa Alfaro; pero, con cuatro votos en contra y apenas dos a favor se decidió abrir una investigación.
Si bien, según el oficio, las nueve muertes no se deben a un desperfecto en la unidad de transporte; este evitaría que los familiares y demás afectados puedan contar con un seguro para la atención de los daños.
Erick Ulate, representante de las personas usuarias ante la Junta Directiva del CTP, indicó que no se puede sancionar a Empresa Alfaro, porque existen otras empresas que igual incumplen los requisitos que no han sido sancionadas
“Adoptar la medida limitada únicamente a la empresa Alfaro, tal y como está planteada la solicitud de acuerdo formulada por don José Miguel, podría ser discriminatoria, se podría más bien caer en Sala Constitucional (…) por esa razón siendo que hay empresas que tienen los mismos problemas, debe de aplicárseles la medida cautelar a todas ellas”, fue la explicación de Ulate para votar en contra de suspender a Empresa Alfaro.
No obstante, las otras empresas que deberían estar en regla, no forman parte de la tragedia y que al estar “fuera del rango de vida útil” terminaría por dejar a las víctimas de Cambronero sin ningún tipo de atención.

Las víctimas reclaman que en el INS les niegan la información sobre el estado de la póliza del autobús que operaba con la placa GB-1686 que obligatoriamente debía tener al día la empresa Alfaro Ltda para prestar el servicio público entre San José – Nicoya y viceversa.
En el INS resaltan que es “información confidencial”, sin embargo, en el Amparo ambas accionantes argumentan que son víctimas del accidente y por tanto la información les atañe, pues esa es la póliza que las debía cubrir.
Agregan que esta situación las deja en total indefensión, y esta situación se extiende tanto para las víctimas de la tragedia de setiembre en Cambronero, como para los demás usuarios de estos buses que siguen operando, pues no hay claridad cuál sí tiene póliza y cuál no.
La Sala indicó que el informe y las pruebas pertinentes tanto del MOPT como del INS deberán ser presentados por la autoridad recurrida una única vez por medio de la documentación física presentada directamente en la Secretaría de la Sala; el sistema de fax o la documentación electrónica por medio del Sistema de GESTIÓN EN LÍNEA.
También habilitarán la dirección de correo electrónico [email protected], la cual es correo exclusivo dedicado a la recepción de informes.
El autobús accidentado en Cambronero dejó un saldo de ocho personas fallecidas y más de 20 heridos, incluso mantuvo el paso por esa carretera cerrado durante casi tres meses.

