Allan Madriz | EP. En el marco de la Semana Santa y ante la situación de emergencia nacional que enfrenta el país a causa de la pandemia provocada por la enfermedad COVID-19, el gobierno tomó la decisión de endurecer las medidas sanitarias.
El Presidente Carlos Alvarado indicó que se decidió aplicar una serie de medidas a partir del viernes 3 de abril y hasta el martes 7 de abril inclusive; posteriormente, empezarán a regir otras medidas del miércoles 8 de abril al domingo 12 de abril.
Del viernes 3 al martes 7 de abril no podrán circular vehículos después de las 5:00 p.m., salvo excepciones. Durante el día, únicamente podrán circular las placas autorizadas.
Asimismo, se procederá al cierre de establecimientos con permiso sanitario de atención al público y se restringirá el transporte público de larga distancia. Se mantendrán los servicios de alimentación a domicilio.
- Restricción vehicular nocturna ampliada de 5:00 p.m. a 5:00 a.m. (a partir del viernes a las 5:00 pm)
- Restricción vehicular diurna de 5:00 a.m. a 5:00 p.m. (a partir del sábado a las 5:00 am). No se permitirá el tránsito vehicular según el número final de la respectiva placa de circulación:
- Sábado: vehículos cuya placa finalice en 0, 2, 4, 6 y 8.
- Domingo: vehículos cuya placa finalice 1, 3, 5, 7 y 9.
- Lunes: vehículos cuya placa finalice en 0, 2, 4, 6 y 8.
- Martes: vehículos cuya placa finalice 1, 3, 5, 7 y 9.
- Reducción al mínimo del transporte público de larga distancia, únicamente dos carreras diarias. Las rutas restringidas corresponden a las que cubren distancias mayores a 75 kilómetros. Esto se acordó en un diálogo entre transportistas y el MOPT.
- Cierre de establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento y atención a público presencial. Se permiten los servicios a domicilio.
- Se mantiene el servicio de taxi.
Del miércoles 8 al domingo 12 de abril: Por 5 días se aplicarán restricciones a la circulación de vehículos e intercambio de servicios en virtud del estado de emergencia nacional.
Salvo casos exceptuados, se suspende la circulación de vehículos y tránsito de personas. Se garantizará el acceso a supermercados, abastecedores, pulperías y servicios de salud y farmacias sin restricción horaria, pero el traslado en vehículo quedará sujeto a las placas autorizadas por días. También se suspende todo el transporte público, salvo transportes especiales de actividades productivas esenciales y servicio de taxi.
- No circulación de vehículos por las vías públicas. La lista de excepciones será comunicada el día de mañana.
- Se suspende todo el transporte público, salvo transportes especiales de actividades productivas esenciales.
- Restricción al tránsito vehicular con las siguientes excepciones: acceso a supermercados, farmacias y centros de salud sin restricción horaria.
- En caso de ir al supermercado o farmacia en vehículo, únicamente podrán circular:
- Miércoles: vehículos cuya placa finalice en 0 y 1.
- Jueves: vehículos cuya placa finalice en 2 y 3.
- Viernes: vehículos cuya placa finalice en 4 y 5.
- Sábado: vehículos cuya placa finalice en 6 y 7.
- Domingo: vehículos cuya placa finalice en 8 y 9.
El gobierno indicó que el sector público se mantendrá en modalidad teletrabajo y atendiendo la emergencia durante Semana Santa y solo se darán los feriados de ley que corresponden a jueves y viernes, para evitar que vacacionen. El 13 de abril se retomarán las restricciones vigentes al día de hoy.


Alonso Mejía.