
Elvis Martínez. El diputado Ronal Vargas, del partido de izquierda Frente Amplio (FA), fue obligado por esa fracción política a renunciar a su curul y a su inmunidad parlamentaria, después de haber sido señalado por acoso sexual.
Inicialmente Vargas indicó a la prensa que su renuncia se debía a quebrantos en su salud, situación que le impedía continuar en el cargo.
Sin embargo, tras conocer las declaraciones del legislador el Frente Amplio manifestó que la salida de Vargas obedecía a una queja por acoso sexual por parte de una funcionaria de la Asamblea, quien a su vez fue su compañera sentimental.
“Las palabras de Ronal Vargas nos sorprendieron a todos los compañeros de la Fracción. Nos había dicho que se despediría de todos los diputados en Plenario, pero no teníamos ni idea de que centraría su despedida en su estado de salud”, indicó Gerardo Vargas, jefe de la fracción del FA.
La empleada habría presentado una queja verbal por acoso sexual contra el diputado, indicando que no estaba preparada para presentar una denuncia formal y pedía medidas de protección. Además solicitaba anonimato ya que no quería hacer público el caso por temor a ser revictimizada. Ante eso, el FA procedió a reubicarla en otra oficina.
La renuncia del legislador sienta precedentes, ya que es la primera vez en la historia costarricense que un diputado renuncia por acoso sexual, tipificado en la legislación como un delito.
En 2006 también salió a la luz pública el caso del diputado Federico Tinoco del Partido Liberación Nacional, (PLN), a quien el plenario solicitó renunciar a su curul y a su inmunidad para enfrentar el proceso judicial, sin embargo, representantes del PLN lo respaldaron y al final no renunció, pese a que fue condenado por acoso.
En redes sociales y en la prensa el Frente Amplio fue señalado de encubrir el caso, al no denunciarlo antes que diera las declaraciones el ahora ex diputado Ronal Vargas.
“Por qué no se divulgaron antes los motivos de la renuncia: para proteger a la víctima. La fracción se apegó al proceso establecido en la Ley. La denuncia debe presentarse formalmente. Deben respetarse los derechos de la persona afectada. No se puede ventilar el caso a los cuatro vientos, si la persona afectada no ha tomado la decisión de presentar una denuncia y hacerla pública”, manifestó en un comunicado José María Villalta, líder de esa agrupación política.
En tanto el diputado Gerardo Vargas manifestó que “Fue un duro golpe para la fracción pero resalta la firmeza del partido al pedir la renuncia a un diputado cuestionado”.
Ex diputado se defiende
El ex diputado Vargas respondió a los cuestionamientos de la prensa aduciendo que no hay contradición en el motivo de su renuncia.
“No he engañado a nadie y extraño las condenatorias hacia mi persona en este caso de parte de personas que aprecio…Renuncié a ser diputado porque se ha deteriorado mi salud seriamente, con problemas permanentes de insomnio, estrés y un fuerte malestar estomacal que me impedían un buen trabajo en el parlamento.
Renuncié además porque no quiero afectar al Partido Frente Amplio en una eventual denuncia que se pueda realizar con motivo de decisiones personales que haya asumido”, manifestó el exlegislador.
¿Qué dice la ley?
En Costa Rica la Ley de Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia fue reformada en abril del 2010 con el fin tener un sistema más efectivo de protección contra el hostigamiento sexual.
En la normativa se establece que las empresas deben crear una Comisión Contra el Acoso Sexual como órgano interno para recibir quejas de ese tipo, e implementar medidas para evitar que la víctima o los testigos sean intimidados o sufran más hostigamientos.
Cuando hay una denuncia efectiva, la investigación interna no debe durar más de tres meses.
“Durante el debido proceso, al denunciado le es otorgada la oportunidad de defenderse y al final la Comisión debe emitir una lista de recomendaciones al patrono, quien entonces debe decidir cuáles recomendaciones acoge y cómo el trabajador debe ser sancionado en caso de que el acoso sexual haya sido probado. Asimismo, ahora las empresas están siendo forzadas a informar inmediatamente al Ministerio de Trabajo cuando una queja por acoso sexual es recibida”, explica el bufete Lang y Asociados.
Si un empleador es encontrado culpable, está obligado al pago por daños y perjuicios ocasionados a la víctima y el empleado facultado para dar por terminada la relación laboral con responsabilidad patronal. Si se comprueba el hostigamiento sexual de un trabajador a otro, el patrono está autorizado para despedirlo sin ningún tipo de responsabilidad.



