Aarón Chinchilla EP. | Las autoridades de la Policía Municipal de San José denunciaron que vendedores ambulantes comercializan y distribuyen productos alimenticios que son tomados de las basura o en su defecto, de los caños por donde circulan aguas negras y residuales.
A través de un video subido a redes sociales, el ente señaló que los vendedores toman verduras, frutas y otros productos que son dispuestos para desecho, recogidos previo a que pase un camión recolector de basura, y posteriomente son empacados en bolsas más pequeñas para comercializarlas en las aceras, avenidas y principales parques de San José.
https://www.facebook.com/lapoliciadelacapital/videos/2304642919850184/
Por otra lado, las autoridades han evidenciado que en distintos de la ciudad capital, personas distribuyen productos alimenticios en condiciones de insalubridad.
https://www.facebook.com/lapoliciadelacapital/videos/445719496219473/
Incluso, las autoridades han procedido a ejecutar operativos nocturnos, ya que, la venta ambulante en San José no cesa. Por reglamento municipal, los perecederos (frutas, verduras, comida preparada) que son decomisados, deben ser destruidos en los camiones de recolección de basura de la Municipalidad.
https://www.facebook.com/lapoliciadelacapital/videos/2267315440252249/
Datos de la Policía, indican que, al mes, se ejecutan más de mil procedimientos de decomiso e incautación de alimentos y productos. Desde 1994, la municipalidad de San José no otorga permisos para la venta ambulante.
De acuerdo al Estudio sobre vendedores ambulantes y economía informal, elaborado por la empresa Demoscopía para el Observatorio del Comercio Ilícito de la Cámara de Comercio de Costa Rica (CCCR) en el año 2018, las ventas ambulantes en el casco central de San José alcanzan un monto de 13.200 millones de colones, de los cuales, no se reporta nada al fisco. Se estima que trabajan más de 5000 personas en dicha actividad.
Las ventas ambulantes se encuentran reguladas por la Ley General de Salud Ley 5395, artículo 218, donde establece que “…Queda prohibido el establecimiento de puestos fijos o transitorios de elaboración o venta de alimentos en calles, parques o aceras, u otros lugares públicos, con excepción de las ventas en ferias debidamente autorizadas de conformidad con las disposiciones reglamentarias correspondientes”.
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