Aarón Chinchilla EP. | Posterior a una votación, la Sala Constitucional determinó que el Hospital San Vicente de Paul de Heredia deberá brindar atención “urgente” a una adulta mayor de 92 años que presentó un recurso de amparo para ser tratada de forma quirúrgica en dicho centro médico.
Mediante la sentencia número 18-021789, el órgano judicial declaró con lugar un recurso de amparo a favor de una femenina de 92 años de edad, quien sufre de múltiples patologías y requiere de una cirugía de cataratas, tratamiento que le fue prescrito con prioridad por su médico.
Pese a ello, la paciente ha pasado un año en lista de espera sin fecha cierta para cirugía. Ante tal situación, la Sala le dio la razón a la afectada y ordenó al Hospital , que en el plazo de dos meses, como máximo, la valorare y, de proceder, la operare en dicho lapso.
Asimismo, en otra sentencia (2018-021819), el Tribunal ordenó que se efectúe el control de un cardiodesfibrilador que le fue implantado a un paciente, como prevención secundaria de muerte súbita cardíaca y que, en caso de determinarse que el aparato hubiera cumplido su vida útil, el centro médico procediere de inmediato con su sustitución.
El Pleno de la Sala discutió y resolvió 175 expedientes, que corresponden a recursos de amparo y hábeas corpus y estuvo integrado por el Magistrado Rueda Leal.


