Allan Madriz | EP. El ministro de la Presidencia, Rodolfo Piza, indicó que el proyecto de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas no es una iniciativa específica para regular el funcionamiento del Poder Judicial, sino una reforma fiscal para mejorar los ingresos del Estado y contener el crecimiento del gasto público.
Piza asegura que el artículo 208 Bis del Reglamento Legislativo no excluye la materia fiscal ni presupuestaria del procedimiento de vía rápida, según lo declaró, expresamente, la Sala Constitucional en 2012.
“Al día de hoy, el expediente 20.580 requiere de mayoría simple de acuerdo al artículo 129 de la Constitución Política”, indicó el ministro de la Presidencia.
El ministro recordó que el 208 Bis se utilizó en el 2012, con la aprobación de la Sala Constitucional, como un instrumento legislativo para discutir y aprobar proyectos fiscales.
“La votación del proyecto solamente puede ser calificada si existiera una opinión negativa de la Corte, la cual a la fecha no ha sucedido. Aún en esa hipótesis, si el texto final requiriera más que una mayoría simple, ello no invalidaría el procedimiento adoptado al amparo del 208 Bis del Reglamento Legislativo”, aclaró Piza.
La aclaración realizada por el ministro de la Presidencia se da después de que los magistrados enviaron una nota a la Asamblea Legislativa, donde señalan que si el proyecto de reforma fiscal realiza reformas al funcionamiento del Poder Judicial debe ser aprobado por mayoría calificada (38 votos) y no por mayoría simple (29 votos), como indican los legisladores.
Desde la Corte señalan que el proyecto inicial enviado al Congreso en la administración de Luis Guillermo Solís, afecta la organización del Poder Judicial, por lo cual no puede ser aprobado por vía rápida.
La Asamblea Legislativa ha señalado que en una eventual aprobación en primer debate del proyecto de reforma fiscal, el texto será enviado a consulta a la Sala Constitucional, para evitar cualquier tipo de vicio constitucional.
