Allan Madriz | EP. El Plenario Legislativo dispensó de todo trámite dos proyectos de ley relacionados con fuertes multas a quienes violen medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud para combatir la mitigación de coronavirus COVID-19 en Costa Rica.
El primero es el expediente 21.894, “Reforma al artículo 378 y adición de un artículo 378 BIS a la Ley 5.395 del 30 de octubre de 1973, Ley General de Salud”.
La propuesta plantea aumentar hasta en ₡450 mil (1 salario base) las multas a quienes violen la disposición de aislamiento cuando presenten un factor de riesgo, ₡1.3 millones (3 salarios base) a quienes no cumplan la orden de aislamiento por ser sospechosos de coronavirus y ₡2.2 millones (5 salarios base) a la persona que presenta la enfermedad y viola la disposición de aislamiento.
El segundo es el expediente 21.895, “Reforma a la Ley de Tránsito”, con el cual, la multa por la violación a la restricción vehicular sanitaria pasaría de ₡22 mil a ₡107 mil y se rebajaría seis puntos al conductor que irrespete la restricción en casos de emergencia nacional.
La iniciativa además establece que quienes no respeten la restricción en casos como los que enfrenta el país en este momento se exponen al retiro de las placas del vehículo por lo que no podrán circular.
Durante los primeros siete días en que se ha aplicado la restricción vehicular sanitaria, las autoridades han realizado más de 1.907 multas. La restricción se realiza de 10:00 p.m. a 5:00 a.m. de lunes a jueves, mientras que los fines de semana es de 8:00 p.m. a 5:00 a.m.

