Allan Madriz | EP. Los anticonceptivos orales de emergencia ya se pueden vender en el país sin prescripción médica, tras la publicación del decreto que establece el reglamento para la comercialización del producto.
El decreto N° 41722-S, permite la dispensación de la píldora conocida como “pastilla del día después” en establecimientos que cuenten con Permiso Sanitario de Funcionamiento para Farmacia y con el debido asesoramiento farmacéutico del regente.
De igual manera, el medicamento levonorgestrel solo podrá ser efectivo debe tomarse dentro de las primeras 72 horas después de una relación sexual sin protección, o por falla de otro método anticonceptivo.
El reglamento además permite las muestras médicas de estos productos, siempre y cuando el etiquetado indique esta leyenda: “Muestra Médica, Producto sin valor comercial”.
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