Allan Madriz | EP. Los oficiales de la Policía de Tránsito ya puede multar sin la presencia del conductor en casos como mal estacionamiento.
Esto porque a partir de este lunes 17 de julio, entraron a regir las reformas a la Ley de Tránsito aprobadas por los diputados en la Asamblea Legislativa desde el mes anterior.
Además de poder confeccionar partes con cámaras, el infractor podría encontrarse una boleta en su parabrisas, o llevarse la sorpresa cuando vaya a pagar el marchamo de que se le hizo un parte impersonal (es decir, en su ausencia) por cometer faltas a la Ley de Tránsito.
“El obstáculo es que si el conductor no está, hasta ayer, no lo podíamos sancionar; pese a ello, el estacionamiento indebido fue la tercera conducta más sancionada en el primer semestre del año, con 10.450 boletas”, indicó el Director de la Policía de Tránsito, Mario Calderón.

El estacionamiento indebido implica una multa de ¢51.316,25; sin embargo, el precio que tendría que pagar el infractor sería mayor, ya que se le cobraría el acarreo y la custodia del vehículo, si se le decomisa.
También se podrá multar a las personas que se nieguen a realizar la prueba de espiración de aire (alcoholemia) para determinar si la persona conduce bajo los efectos del alcohol.
La persona que se niegue a realizar la prueba de alcohol se le impondrá una multa de ¢306.850,21 y acumulará 6 puntos en la licencia.
Esta sanción lo que lo obligará a llevar un curso de “sensibilización y reeducación vial”, el cual deberá ganar con una nota de 80, como mínimo. Además a licencia se le renovaría por 4 y no por 6 años.
Otras reformas importantes que entran a regir desde este lunes, pero que deberán esperar la publicación del reglamento, son las relacionadas con el control de ruido de los vehículos, pero ya se encuentra en el trámite respectivo para que, de igual forma, salga publicado en los próximos días.