Aarón Chinchilla EP. | Posterior a que el Tribunal de Apelación de sentencia penal del Segundo Circuito Judicial de San José ordenara la liberación de Carlos Andrés Pérez, el diputado de Restauración Nacional (PRN), Eduardo Cruickshank manifestó sentirse complacido con la liberación del implicado en los daños del oleoducto, no obstante, afirmó que la sentencia emitida es “vergonzosa” y se debería llevar a una investigación pertinente por la “gran cantidad de errores que contiene”.
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En declaraciones para ElPeriodicocr, Cruickshank, quien es abogado, señaló que la libertad de Pérez era lo más adecuado, en función de la ley que señaka que cuando una condena no supera los tres años, se deben otorgar beneficios condicionales al imputado. Según el legislador, “no habían razones para mantener a Pérez en prisión”
Yo salgo verdaderamente complacido con dicha liberación, sin entrar a valorar los hechos acusados y la eventual responsabilidad de este muchacho. A través de la historia de este país, siempre que se condena a persona una pena privativa que no supere los tres años, se le otorga el beneficio de la pena condicional. En este caso, Pérez fue condenado a dos años de cárcel. No había razón para que no gozara de ese privilegio que otorga la ley. Con él hubo un trato diferenciado y así lo hizo ver la sentencia. Me place que el Tribunal haya enderezado la resolución
No obstante, Cruickshank aseveró que “nunca había visto un fallo con tantos errores” y apela a que el juez que dictaminó la sentencia sea “investigado por las autoridades pertinentes”.
En mis 36 años como abogado y en el ejercicio profesional del Derecho, nunca he visto un fallo con tantos errores e inconsistencias. El juez que dictó esa resolución debería ser acusado ante la inspección judicial para que se sienten responsabilidades del caso. Hay faltas muy graves y cosas que cualquier juez, con su experticia, debería conocer.
El legislador mencionó que al menos, cuatro fallos, incluido el posible delito de prevaricato (Cuando un juez autoridad o funcionario público dicta resoluciones arbitrarias en un asunto judicial, conociendo que el fallo es contrario a la ley).
Imponer una condenatoria más allá de lo peticionado es un exceso, hubo pruebas de la defensa y de la Fiscalía que se dejaron de valorar adecuadamente. Imponer inhabilitación cuando el delito ni siquiera lo prevé podría ser un prevaricato (…) El Tribunal que dictó la resolución en segunda instancia apunta una gran cantidad de yerros muy graves y menos para una persona que se supone que tiene el conocimiento y preparación para impartir justicia en el país.
Incluso, aseveró que los jueces los jueces Rosaura Chinchilla Calderón, Alberto García Chaves y Gustavo Adolfo Rojas Gutiérrez (quienes declararon parcialmente con lugar los recursos interpuestos y anularon integralmente la sentencia impugnada y el debate precedido), son “un peligro para la justicia”.
Esa sentencia que dictó, denota que es un peligro para el dictado de la correcta justicia. Debería ser juzgado a la inspección judicial para sentar responsabilidades del caso. Es una sentencia vergonzosa para el Poder Judicial
Pérez fue acusado el 27 de noviembre de 2018 por el Ministerio Público y fue sentenciado por el Tribunal de Flagrancia de Limón, por daño agravado, contra una esfera de almacenamiento de gas de la planta de Moín, cuyas circunstancias se desarrollaron en el marco de la huelga nacional convocada por los sindicatos, contra la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
El ex empleado de Recope fue condenado a 2 años de prisión, cuya sentencia le denegó el beneficio de la ejecución condicional de la pena e inhabilitó para el ejercicio de cualquier cargo público por un período de 10 años. Además, ordenó su prisión preventiva por un plazo de 6 meses, mientras queda firme la sentencia judicial.

