Juzgado ordena liberación inmediata de Carlos Andrés Pérez, implicado en daños a oleoducto

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Foto Aarón Chinchilla EP.
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Aarón Chinchilla EP. | El Tribunal de Apelación de sentencia penal del Segundo Circuito Judicial de San José ordenó la liberación inmediata de Carlos Andrés Pérez Sánchez, hombre implicado en los daños a los oleoducto en Moín, Limón. 

Posterior a que la parte defensora y el Ministerio Público presentaran un recurso de apelación a la condena emitida por el juez Sergio Céspedes del Tribunal de Flagrancia de Limón en la causa 18-000244-1130-PE, el Tribunal de Limón, los jueces Rosaura Chinchilla Calderón, Alberto García Chaves y Gustavo Adolfo Rojas Gutiérrez declararon parcialmente con lugar los recursos interpuestos y se anule integralmente la sentencia impugnada y el debate precedido.

El fallo determinó la ordenanza de un nuevo debate para discutir tanto lo penal como lo civil, con los límites de pena y de pretensiones civiles fijados en juicio ordinario. Asimismo, se dispuso comunicar lo resuelto al Tribunal de la Inspección Judicial para que se determinara si le cabía al juez Céspedes alguna responsabilidad por lo actuado.

Por otra parte, el órgano judicial ordenó la inmediata libertad, si otra causa no lo impide, del acusado Carlos Andrés Pérez Sánchez y en cuanto al monto de la pena y las consecuencias civiles, rige el principio de prohibición de reforma en perjuicio con los límites plasmados en las fijaciones de pretensiones del actor civil y en las conclusiones del ente fiscal.

Pérez fue acusado el 27 de noviembre de 2018 por el Ministerio Público y  fue sentenciado por el Tribunal de Flagrancia de Limón, por daño agravado, contra una esfera de almacenamiento de gas de la planta de Moín, cuyas circunstancias se desarrollaron en el marco de la huelga nacional convocada por los sindicatos, contra la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

El ex empleado de Recope fue condenado a 2 años de prisión, cuya sentencia le denegó el beneficio de la ejecución condicional de la pena e inhabilitó para el ejercicio de cualquier cargo público por un período de 10 años. Además, ordenó su prisión preventiva por un plazo de 6 meses, mientras queda firme la sentencia judicial.

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