Aarón Chinchilla EP. | Dos proyectos que se analizan en comisiones del Senado de la República Argentina pretenden prohibir la venta de animales domesticados y adicionalmente, su exhibición en vidrieras de veterinarias o de cualquier tipo de local comercial.
Una de las iniciativas, que tiene dictamen de la Comisión legislativa asesora de Desarrollo Económico, MercoSur y Políticas de Empleo, busca sustituir el artículo 27 de la norma actual (Ordenanza N° 41831/87), para que se “prohíba la venta y/o exposición de animales domésticos tanto en locales comerciales como en la vía pública”. El objetivo del proyecto es evitar que la gente compre animales domésticos y favorecer la adopción responsable.
“Si bien esta medida no erradica los criaderos, deja de amparar una práctica que favorece la cría de animales de compañía como negocio. Una actividad que no tiene en cuenta el sufrimiento del animal, al que usan como un simple productor de crías, que luego serán vendidas en beneficio del criador”, explican los impulsores de esta iniciativa, que son los legisladores de Vamos Juntos Diego García de García, Gastón Blanchetiere, Natalia Fidel y María Sol Méndez.
El mismo órgano legislativo de la “ciudad porteña” también dio dictamen a otro proyecto, perteneciente al diputado Maximiliano Ferraro (Vamos Juntos) que establece sanciones para quienes vendan, exhiban o tengan en forma irregular animales. Las multas que se proponen van entre 5350 y 21.400 pesos argentinos (entre 71 mil a 284 mil colones) . También se podrá disponer el decomiso de mercadería y/o la clausura del establecimiento.
El proyecto explica que el objetivo es “prohibir la exhibición hacia la vía pública de animales de cualquier especie, sexo y edad a los fines de evitar su compra impulsiva, compulsiva y/o compasiva que se ve estimulada mediante su exhibición, la que les provoca sufrimientos y padecimientos con consecuencias psíquicas y físicas irreversibles”.
La medida abarcaría la exhibición en vidrieras, jaulas o cualquier tipo de artefacto en veterinarias, acuarios o comercios en general.
La ley actual de la Argentina (1987) establece que la venta de animales en la Ciudad de Buenos Aires está permitida en locales habilitados para ese fin, siempre que cuenten con un certificado sanitario de un profesional veterinario registrado. En cambio, prohíbe venderlos en la vía pública o entregarlos como premio en sorteos o como regalos.
