La Asamblea Legislativa aprobó en primer debate un proyecto de ley que elimina la posibilidad de cumplir penas bajo arresto domiciliario con brazalete electrónico en casos de delitos cometidos con armas.
La iniciativa, tramitada bajo el expediente 25.158 e impulsada por Fabricio Alvarado, diputado de Nueva República (NR).
El objetivo de la reforma es impedir que personas condenadas por delitos en los que se utilicen armas —ya sean de fuego, punzocortantes o incluso objetos contundentes— puedan acceder a este beneficio, considerado una medida alternativa a la prisión.
Durante la discusión, el proyecto generó cuestionamientos por parte de algunos diputados, particularmente en torno al alcance del concepto de “arma contundente”, que podría resultar ambiguo y eventualmente generar roces de constitucionalidad.
“Un arma contundente puede ser un libro, una pierda, un celular y esto no aplicaría solo en delitos graves, aplica en cualquier situación, tenemos que tener muy presente el tema de la proporcionalidad”, advirtió la frenteamplista Priscilla Vindas.
Sin embargo, la mayoría legislativa desestimó estas preocupaciones asegurando que se reincorporaba una prohibición que existía hasta 2024 y se eliminó en la Ley 10.157, que regulaba el Beneficio del Arresto Domiciliario con Brazalete Electrónico.
Desde la corriente impulsora se argumenta que la reforma busca fortalecer la política criminal del país, cerrar vacíos legales y responder al contexto de aumento de la violencia armada, evitando que personas consideradas de alto riesgo accedan a beneficios alternativos a la prisión.
El proyecto deberá ser votado en segundo debate el próximo 7 de abril. De aprobarse en esa etapa, quedará en firme como ley de la República.
