Aarón Chinchilla EP. | Posterior a que la Policía de Tránsito informara que se retirarían los permisos de circulación y placas a los autobuses públicos que transporten personas que pretendan realizar bloqueos en las calles, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), señaló que las autoridades “violentan el derecho a la huelga y los derechos de los manifestantes”.
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Mediante un comunicado de prensa, Rafael Mora, encargado de la Unidad de Asesoría Jurídica de la ANEP, señaló que el actuar de la Policía de Tránsito “son un claro ejemplo de violación a la propia Constitución Política y Convenios Internacionales”. Asimismo, manifestó que “se está violentando la libertad de los sindicatos”.
“Estas declaraciones realizadas desde la Dirección de la Policía de Tránsito a nuestro criterio ha tenido como finalidad causar un entorpecimiento al ejercicio del movimiento de huelga, que están realizando las organizaciones sindicales, tratando de debilitar el movimiento y violentando las normas nacionales e internacionales que le prohíben a los Estados, entorpecer el ejercicio de los derechos fundamentales, entre ellos el derecho a la huelga. La utilización de los mecanismos de amenazas y sanciones a las personas que participan o colaboran con el movimiento, es una clara violación a la libertad sindical, que podría constituir una infracción a las leyes laborales y prácticas laborales desleales”, manifestó Mora.
Por otra parte, el representante de ANEP solicitó a Germán Marín, Director de la Policía de Tránsito, indicar los argumentos jurídicos o directriz por lo que se tomó la decisión de bajar placas, y sancionar a los choferes de transporte público que presten el servicio a las organizaciones sindicales.
“A criterio de las autoridades de nuestra organización sindical, la declaración realizada por Germán Marín por un medio de prensa, sobre las sanciones y retiro de placas de los autobuses de transporte público que participen en el transporte de manifestantes es una clara limitación solapada del ejercicio del derecho fundamental a la huelga, tratando de causar un debilitamiento del movimiento al no tener el día de hoy 18 de setiembre del 2018, el servicio de transporte que habíamos venido utilizando dificultando el traslado de los y las manifestantes de diversas partes del país”, aseveró Mora.
ANEP señala que el artículos 61 de la Constitución Política que establece el derecho a huelga, además de los Convenios Internacionales 89 y 98 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) que establecen la prohibición expresa que los Estados intervengan para limitar el ejercicio de los derechos de las organizaciones sindicales, entre ellos el derecho fundamental a la huelga.
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