Keylor García | EP. El Poder Ejecutivo firmó un decreto que deberá establecer las condiciones mínimas y dignas para que las madres trabajadoras tengan salas de lactancias en sus centros de trabajo.
El decreto establece que tanto como instituciones del sector público como privado deben adoptar las medidas necesarias para que las madres amamanten a sus hijos o hijas sin peligro, o bien, que puedan extraerse leche materna y almacenarla sin riesgo de contaminación.
El decreto fue firmado por el Presidente de la República Luis Guillermo Solís Rivera, la Vicepresidenta de la República, Ana Helena Chacón Echeverría, en calidad de testigo de honor, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Alfredo Hasbum Camacho y la Ministra de Salud, Karen Mayorga Quirós.
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También, los centros de trabajo le deben permitir a los empleadores tiempo para disponer de la sala, ello de conformidad al numeral 97 del Código de Trabajo.
La Vicepresidenta de la República, Ana Helena Chacón Echeverría, señaló que esta es una deuda histórica que se esta saldando.
“La Administración Solís Rivera logra concretar esta iniciativa de dignidad para las madres que deben amamantar a sus hijos o hijas, así como medidas de seguridad y aseo para la extracción y almacenamiento de la leche”, comentó Chacón.
También señaló que es un paso hacia el fortalecimiento del respeto y cumplimiento de los derechos de las mujeres, frente a las situaciones de desventaja o tratos desiguales con los hombres, en los distintos espacios sociales.
Esta es una iniciativa de dignidad para las madres que deben amamantar a sus hijos o hijas, así como medidas de seguridad y aseo para la extracción y almacenamiento de la leche. Este es un paso más hacia el fortalecimiento del respeto y cumplimiento de los derechos de las mujeres pic.twitter.com/siw0CstIjF
— Ana Helena Chacón (@anita_chae) 24 de abril de 2018
Los lugares de trabajo que no cuenten con las condiciones adecuadas podrán sancionar al patrono con multas que van desde 1 y hasta 23 salarios base de un Oficinista 1 de la relación de puestos de la Ley de Presupuesto Ordinario de la República, según la gravedad de la falta.
El Reglamento para las Salas de Lactancia en los Centros de Trabajo, deben ser implementadas dentro de un plazo no mayor a los doce meses, contados a partir de la entrada en vigencia del decreto.
La Ministra de Salud, Karen Mayorga Quirós, mencionó que “es de suma importancia velar por la salud de la madre y de las personas menores de edad. Debemos de proveer espacios adecuados y dignos, además, se debe garantizar lo dispuesto por el decreto, por ello, debemos velar por este cumplimiento”.
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