Liby Solano | EP. Los viajeros con residencia en Costa Rica y que se encuentran fuera del país debido al Covid-19, podrán ingresar a Costa Rica aún si se encuentran morosos y deberán poner al día su situación de aseguramiento con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), según una reforma al Decreto Ejecutivo No. 42513-MGP-S. El incumplimiento del pago fijado con la CCSS acarrearía la pérdida del estatus de residente.
El Gobierno de Costa Rica y el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) anunciaron la reforma al Decreto Ejecutivo que brinda un plazo de 22 días para que los residentes sin seguro vigente con la Caja puedan ingresar al país y poner al día su situación de aseguramiento.
El Decreto Ejecutivo “Medidas de adaptación para el ingreso de personas extranjeras al territorio nacional vía aérea o marítima bajo los supuestos permitidos en el marco de la emergencia nacional sanitaria por el COVID-19”, fue publicado el lunes 7 de setiembre, a través del alcance No. 236, en el diario oficial La Gaceta No. 224.
“Esta acción favorece el ingreso de personas residentes en Costa Rica provenientes de otros países sin abandonar la importancia de ser responsables de tener al día sus cuotas con la Caja, de esta manera se resuelve la situación logística de impedimento de ingreso al país que se había anunciado días atrás”, manifestó Gustavo Segura, Ministro de Turismo.
La modificación se dio luego de que la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) rechazara a varios extranjeros residentes en Costa Rica, como el caso de la mujer mexicana que quedó atrapada 10 días en el Aeropuerto Juan Santamaría
Los requisitos que deben cumplir las personas extranjeras que cuenten con una permanencia de residente son los siguientes:
- Llenar el formulario denominado Pase de Salud, para el control sanitario correspondiente en el momento de su ingreso al país.
- Presentar el documento de identificación migratorio para personas extranjeras vigente (DIMEX) con las excepciones correspondientes que disponga la Dirección General de Migración Extranjería.
- Contar con el comprobante de pago del aseguramiento a la seguridad social vigente o contar con alguno de los seguros de viaje contemplados contra COVID-19 y con cobertura mínima de 22 días.
“Las personas extranjeras que no cuenten con el aseguramiento social vigente y adquieran un seguro de viaje con cobertura mínimo de 22 días, deberán realizar los trámites correspondientes para ordenar su situación de aseguramiento ante la Caja Costarricense de Seguro Social en dicho plazo, según el apercibimiento que realizará la Dirección General de Migración y Extranjería, a través de la Policía Profesional de Migración y Extranjería, en el momento de la autorización de su ingreso al país“, señala el Decreto Ejecutivo.
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Alonso Mejía.