Aarón Chinchilla EP. | La Asociación Costarricense de Operadoras de Pensiones (ACOP) manifestó su preocupación por los riesgos que implica, para los cotizantes y para los jubilados del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC), el proyecto de ley 21.309 impulsado por el diputado de Restauración Nacional (PRN), Eduardo Cruickshank, con el cual “se pretende desarticular el pilar complementario de la pensión del IVM, convirtiéndolo en un simple esquema de ahorro laboral”, poniendo “en riesgo a los pensionados y sus familias”.
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De acuerdo a ACOP, el proyecto de ley, que se discute en la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa, recibió un trámite muy expedito en la subcomisión, pese al criterio técnico negativo de la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) y sin que se haya dado espacio para escuchar a otras entidades cuyos criterios son determinantes, como la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Adicionalmente, consideran que el proyecto se está tramitando “a golpe de tambor”.
“El futuro de los jubilados de nuestro país es un asunto muy delicado para verlo con tanta prisa. Es importante que los diputados analicen este tema de manera técnica, profunda y pausada, ponderando el daño social futuro que se estaría causando a todos los costarricenses cotizantes al ROPC. Consideramos que se debería recibir en audiencia a la Caja Costarricense del Seguro Social, a la Contraloría General de la República, a las Operadoras de Pensiones, e incluso, al Poder Judicial, pues en el proyecto de ley también se le están trasladando nuevas funciones a los juzgados de trabajo, en la designación de beneficiarios”, señaló el presidente de ACOP, Hermes Alvarado.
De acuerdo a lo manifestado, existen preocupaciones como el tope máximo del 10% vigente para el retiro del ROPC en un solo tracto, o el cálculo actuarial de la expectativa de vida de la persona jubilada que eventualmente se podrían discutir, pero de acuerdo con parámetros técnicos emitidos por el reglamento emitido por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF); Esto “sin la necesidad de promover una reforma de ley que atente contra la existencia misma del régimen de pensiones complementarias”.
Danilo Ugalde, director ejecutivo de ACOP, señaló que la iniciativa presentada por el diputado Cruickshank es cortoplacista y crea desigualdad.
“Lamentablemente el proyecto no está midiendo las graves consecuencias para los futuros pensionados. Quienes están hoy cerca de jubilarse se llevarían sus recursos con muy buenos rendimientos, pero generarían un grave perjuicio económico a quienes les faltan todavía años para la pensión. Esto por cuanto un retiro masivo y constante de fondos obligaría a las operadoras a invertir exclusivamente a corto plazo para mantener la liquidez necesaria y, en consecuencia, los rendimientos también serían mucho más bajos, en perjuicio de todos los cotizantes que aún no llegan a su edad de jubilación. Ahí se estará generando una desigualdad inaceptable”, afirmó Ugalde.
ACOP hizo un llamado a los diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios, para que tomen en cuenta los criterios técnicos de los expertos y analicen con detenimiento “las graves implicaciones que este proyecto tendría para la sobrevivencia misma del régimen obligatorio de pensiones complementarias y consecuentemente para los sistemas básicos, como el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM)”.
La propuesta legislativa pretende modificar los artículos 20 y 22 de la Ley de Protección al Trabajador, para que los trabajadores puedan decidir si retiran el 100% de su pensión complementaria (ROP) o elige retirarlo por medio de varios tractos.
Además se podrá designar quiénes serán los beneficiarios de la pensión, en caso de muerte; si no hace la designación serán los mismos del régimen del IVM, o al que este afiliado. En caso de que el trabajador no pertenezca a un régimen básico, como el de Invalidez, Vejez, y Muerte, podrá retirar su ROP al cumplir la edad establecida por la CCSS.
La pensión pensión complementaria o ROP, se creó en el año 2000, en el marco de la Ley N° 7983 de Protección al Trabajador.
Sin embargo, con la reglamentación emitida por el Poder Ejecutivo y el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, se limitó el acceso de los contribuyentes a retirar los fondos, estableciendo que, solo podrán retirar la totalidad del dinero ahorrado cuando el monto sea menor al 10% de la suma otorgada por el régimen básico, como el IVM.


