A pesar de los años laborados y aportar, tanto al régimen de pensiones del Banco Nacional como al de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja, los jubilados con el régimen del BN deberán pagar por su pensión, si se aprueba el texto sustitutivo del expediente 21.824.
Sin mucha discusión y a la carrera, porque el tiempo para votar la iniciativa vencía, la Comisión de Asuntos Sociales decidió aprobar el texto sustitutivo y que sea el Plenario el que resuelva sus gazapos con mociones de fondo.
Este proyecto, en su transitorio indica que, en un lapso de 25 años el Banco Nacional de Costa Rica (BN) y sus pensionados, pagarán mensualmente para liquidar el Fondo de Pensiones que tiene la entidad financiera para sus empleados.
“El Banco Nacional de Costa Rica y sus pensionados, para la correcta liquidación del fondo, contribuirán mensualmente con montos anuales, por un período de 25 años, en el tanto se presente un déficit actuarial en su respectivo fondo”, dice ahora el expediente 21.824.
Bajo la siguiente tabla, se especifican los montos que deben aportar los pensionados y el Banco para cada año, hasta el 2048.

Este mismo proyecto es el que pretende derogar el resto de sistemas de pensiones complementarias como el de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
La iniciativa fue presentada en la legislación anterior, por la exdiputada Yorleny León, hoy ministra de Desarrollo Humano e Inclusión Social.
Para quienes estén cercanos a pensionarse (con 18 meses después de haberse publicado la ley), gozarán de todos los derechos declarados. No obstante, si el fondo de pensiones presenta un desequilibrio, se deberá pagar un 10% de lo que le toca.
Además el inciso b) del transitorio señala que las juntas de estos entes trabajarán como operadoras privadas, si todavía tienen pensionados a los cuales atender.
“Para los fondos de las instituciones en los que aun exista un remanente de pensionados, las juntas administradoras de dichos fondos, continuarán administrando los recursos del Fondo, para lo cual dichas juntas, deberán constituirse como una operadora de pensiones, en los términos establecidos en la Ley del régimen privado de pensiones complementarias. Las respectivas Juntas garantizarán a los pensionados actuales el pago de sus pensiones, de conformidad con la regulación dispuesta originalmente para su otorgamiento” se lee en el transitorio del proyecto.
Esta propuesta solo tuvo un voto en contra de la diputada Priscilla Vindas del Frente Amplio.

