Allan Madriz | EP. Mediante la Instrucción “Sobre la confidencialidad de las causas” difundida este martes 17 de diciembre, el Papa Francisco eliminó el secreto pontificio de las denuncias, los procesos y las decisiones que afectan a los casos de abusos sexuales de menores.
Asimismo, en la instrucción se concreta que “la exclusión del secreto pontificio también subsiste cuando tales delitos hayan sido cometidos en simultaneidad con otros delitos”, garantizando la seguridad e integridad de las personas involucradas.
Las nuevas normas son una nueva enmienda al derecho canónico, un código legal que detalla la justicia eclesiástica para delitos contra la fe. En este caso específico, los cambios afectan a los abusos sexuales a menores o personas vulnerables cometidos por sacerdotes, obispos o cardenales.
Además, también decidió que se considerará delito de pornografía infantil por parte de un clérigo “la adquisición o posesión o divulgación, con un fin libidinoso, de imágenes pornográficas de menores de 18 años”. Hasta ahora, se consideraba pornografía infantil la posesión de material pornográfico de menores de 14 años.
Según informó el Vaticano a través de ACI Prensa, se trata de una modificación de las Normas Sustanciales del Motu Proprio “Sacramentorum Sanctitatis Tutela, de San Juan Pablo II, del 30 de abril de 2001”, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2020.
Monseñor Charles Scicluna, secretario adjunto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, calificó la abolición del secreto pontificio en casos de abusos sexuales como “una decisión histórica, en el contexto de la institucionalidad jurídica del secreto pontificio”. Además, destacó que la eliminación del secretor pontificio en los casos ya citados “llega en el momento justo”.
Por otra parte, Mons. Juan Ignacio Arrieta, secretario del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, explicó, que la eliminación del “secreto pontificio” en los casos de delitos de abusos sexuales no supone un menoscabo al secreto de confesión.

