Aarón Chinchilla EP. | A partir de este viernes, las personas extranjeras que trabajan en el sector agropecuario podrán llamar a la línea 1311 y sacar una cita para la entrega de documentación que les permita iniciar el proceso de regularización migratoria.
Según anunció la Dirección General de Migración y Extranjería (DGEM), a través del Decreto 41969-MAG-MGP, firmado por la Presidencia de la República, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), junto con el Ministerio de Gobernación y Policía, las personas extranjeras que hayan ingresado entre el 01 de enero del año 2016 y antes del 31 de mayo de 2019, y que laboren en el sector agropecuario, podrán acceder a una nueva subcategoría migratoria llamada Categoría Especial para Trabajadores del Sector Agropecuario, la cual dará derecho a la persona extranjera a permanecer en el país por el plazo debidamente autorizado y a laborar exclusivamente en actividades agropecuarias, cumpliendo con los requisitos correspondientes y establecidos para ello.
Por ello, a partir de hoy y hasta el 31 de marzo del 2020, las personas extranjeras podrán llamar al 1311 (Centro de Atención al Ciudadano), sacar una cita, la cual será asignada en una de las 10 oficinas del MAG habilitadas para la recepción de su documentación.
- Formulario de solicitud.
- Una fotografía reciente tamaño pasaporte.
- Certificación de nacimiento de la persona extranjera, vigente y debidamente apostillada o legalizada, o certificación emitida por el Consulado del país de origen de la persona extranjera acreditado en Costa Rica, que cuente con mecanismos de seguridad que hagan posible su verificación.
- Certificación de antecedentes penales de la persona extranjera, vigente debidamente apostillada o legalizada, o certificación que sea emitida por el Consulado del país de origen de la persona extranjeras acreditado en Costa Rica, que cuente con mecanismos de seguridad que hagan posible su verificación, o certificación emitida por el país o países donde la persona extranjera haya residido legalmente los últimos tres años antes de su ingreso a Costa Rica, debidamente legalizada y autenticada o apostillada. En este caso, el interesado deberá demostrar adicionalmente la legalidad de su permanencia en ese país por el plazo indicado.
- Documento mediante el cual acredite la identidad y nacionalidad del solicitante (pasaporte, pasaporte provisional o cédula de su país).
- Contrato de trabajo suscrito por trabajador y patrono. O declaración jurada si es trabajador por cuenta propia.
- Documento que acredite que la persona extranjera se encuentra debidamente registrada ante el MAG.
- Acreditar el ingreso al país dentro del plazo comprendido entre el día primero de enero del año 2016 y el 31 de mayo de 2019.
Las autoridades migratorias recuerdan que toda persona extranjera que labore en el país deberá contar con el permiso de trabajo correspondiente. Las personas interesadas pueden acceder a mayor información a través del sitio web de Migración, www.migracion.go.cr
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