Allan Madriz | EP. Tras la cuestionada eventual tarifa de un servicio especial Alajuela – San José de la empresa TUASA , la Procuraduría General de la República (PGR) delimitó las funciones del Consejo de Transporte Público (CTP) en relación a la fijación de tarifas para servicios especiales.
Un pronunciamiento de la PGR señala que las tarifas del servicio de transporte de estudiantes, turistas y trabajadores serán reguladas únicamente por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep).
El Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) señaló que la Procuraduría dejó claro que la institución que debe establecer la tarifa de estos servicios especiales, incluidos los complementarios de ruta regular, como lo hace en la actualidad con todos los servicios regulares, es la Aresep.
“Lo que ocurre es que el error que podría achacarse al CTP es haber fijado lineamientos de carácter tarifario en estos servicios sin que tengan una tarifa autorizada, pero ha ocurrido así por 21 años con todos los permisos de especiales, pues el CTP no es el ente competente para fijar el monto, como lo señala la Procuraduría y la ARESEP ha omitido hacerlo…”, explicó el ministro del MOPT, Carlos Villata.
Toda esta polémica generada por el eventual cobro de ¢1.200 por un servicio especial entre Alajuela – San José de la empresa TUASA durante el período de cierre del puente Alfredo González Flores, obligó a la intervención de la PGR.
El MOPT aclaró mediante un comunicado que en el caso de TUASA, el CTP nunca había fijado la tarifa para el servicio complementario , aunque si solicitó que para diferenciarlo del servicio regular y no competir con él, este transporte especial debía costar al menos el doble de la tarifa regular.
“Este servicio complementario se autorizó entendiendo que iba dirigido a un público específico, y diferenciado del usuario habitual, conformado por personas con vehículo que quisieran dejar su carro en casa o en un parqueo y viajar con comodidades semejantes a las de su vehículo, como aire acondicionado y recarga para dispositivos móviles, entre otras”, indicó el MOPT.
Finalmente, en cuanto a las eventuales responsabilidades, la PGR no señala la necesidad de ello, por cuanto nunca se materializó la operación del servicio.
