Allan Madriz | EP. El Poder Ejecutivo insiste la importancia de mantener la aplicación de la restricción vehicular sanitaria para mitigar la propagación y disminuir el daño a la salud pública ocasionado por los efectos del COVID-19.
Tras el cuestionamiento de la Defensoría de los Habitantes, el Gobierno envió un oficio de respuesta con el apoyo de los ministros de Salud, Daniel Salas, y Obras Públicas y Transportes, Rodolfo Méndez; donde se respaldan decretos del Ejecutivo en medio de la emergencia nacional por el COVID-19.
El Gobierno sostiene que los resultados de la aplicación de las medidas evidenciaron una menor movilización en todo momento y en días u horarios más sensibles para el aumento sustancial de casos, que permitieron disminuir las redes de contagios lo que permitió ganar tiempo en la lucha contra el virus SARS-coV-2.
Asimismo, asegura que la medida ha permitido ganar tiempo, lo que ha colaborado con el aumento de la capacidad de la Caja Costarricense de Seguro Social para atención de pacientes críticos y de cuidado intermedio por COVID-19.
Además, el Ejecutivo asegura que la restricción ha logrado disminuir la atención de accidentes de tránsito nocturnos, como evidencian las estadísticas de la Dirección de Vigilancia de la Salud, del Ministerio de Salud.
“Así, de enero a setiembre de 2020 se notificaron 9.052 víctimas de accidentes de tránsito, para una disminución del 43,5%, con respecto al mismo periodo de 2019 en el cual se registraron 16.027 casos. Mientras que la CCSS reporta de enero a julio de 2020 15.636 atenciones por accidentes de tránsito, con una disminución de 28% respecto al mismo periodo del año anterior”, señala el comunicado.
Finalmente, el Gobierno señala que de acuerdo con valoraciones técnicas, la restricción vehicular sanitaria se ha ido ajustando en función de los momentos epidemiológicos, para garantizar que sus niveles de afectación a la circulación de vehículos sean los estrictamente necesarios para disminuir el contagio y que no se sobrepase la capacidad hospitalaria.
La restricción vehicular vigente establece que no se puede circular en un horario de 10:00 p.m. a 5:00 a.m. entre semana, salvo la lista de excepciones, no circulan: lunes placa 1 y 2, martes 3 y 4, miércoles: 5 y 6, jueves: 7 y 8, y viernes: 9 y 0. Los fines de semana se eliminó la diferenciación de placas, sin embargo, de las 9:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. no se podrá circular.
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