Aarón Chinchilla EP. | El Poder Judicial anunció que la fecha límite que tienen los obligados alimentarios para el pago del aguinaldo será el 21 de diciembre del 2019.
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Según anunció el órgano judicial, la disposición se da luego que el Diario Oficial La Gaceta del pasado viernes 13 de diciembre de 2019, publicara la reforma al artículo 16 de la Ley n.º 7654, de la Ley de Pensiones Alimentarias, que se aprobó en la Asamblea Legislativa en octubre anterior.
Ante ello, la reforma permite la modificación legal sea traslada el plazo máximo para el pago de aguinaldo para el día 21 de diciembre y con ello, las personas que pagan pensión alimentaria tienen hasta dicha fecha para hacer la cancelación del monto correspondiente al aguinaldo 2019 y además, es hasta esa misma fecha que la parte beneficiaria de la pensión puede firmar el no pago del aguinaldo.
El aguinaldo se calcula con base en todos los salarios ordinarios y extraordinarios, devengados por la persona trabajadora durante los doce meses que van del 1° diciembre del año anterior al 30 de noviembre del presente año, y se obtiene de la suma de dichos salarios y se divide entre doce.
