Liby Solano | EP. Los representantes de la Cámara de Empresas de Distribución de Energía y Telecomunicaciones, CEDET solicitan a la Comisión de Asuntos Hacendarios dictaminar el proyecto de ley 21653 “Interpretación auténtica de la ley del impuesto al valor agregado (IVA). Ley N° 6826, para resguardar la exoneración a los entes públicos, asociaciones cooperativas y consorcios cooperativos que distribuyen electricidad” y así avanzar en la dirección urgente que necesita Costa Rica para aliviar el peso en las tarifas eléctricas de las familias, el comercio y la industria en todo el país.
“Esta iniciativa de varios diputados de la mayoría de las bancadas representadas en el Congreso, y a quienes agradecemos su esfuerzo, es la reinvindicación que merecen los costarricenses en momentos en que el país necesita reactivarse. Nunca fue el espíritu del legislador afectar al universo de los abonados con la imposición del IVA en el servicio eléctrico. Así lo ha ratificado el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa” indicó el Presidente de CEDET, Allan Benavides.
Según el informe afirmativo AL-Dest-iju-099-2020 del Departamento de Estudios, Referencias y Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa sobre este proyecto de ley “…la idea de la exoneración del IVA al servicio de suministro de consumo mensual residencial, igual o menor a 280kW/h era para favorecer a la población de bajos ingresos o poco consumo.
Es claro que, si los costos asociados en las diferentes etapas de la producción antes de la venta de la electricidad al consumidor final se incrementan con el gravamen del IVA, esto tendría como consecuencia el encarecimiento del costo del suministro exonerado también, sino existe un mecanismo adecuado para disminuir ese costo”.
La Procuraduría General de la República, en su informe vinculante para la Administración dijo “las exoneraciones del IVA contenidas en otras leyes, no están derogadas tácitamente y la posibilidad además de que el legislador aclare, si lo considera pertinente, cualquier interpretación que se considere no acorde con la voluntad legislativa, es que procedería la interpretación auténtica de mantener la vigencia de las normas”.
El efecto IVA
Con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, el 13% del IVA aplica para las familias que consumen más de 280 kWh. No obstante, las distribuidoras deben pagar el 100% del IVA al comprar la energía eléctrica que distribuyen, pero no puedan recuperar ese costo al venderlo a sus abonados.
Gran gran parte de los usuarios de las distribuidoras quedaron exonerados según la ley, con lo cual se genera un aumento de los costos y por ende un “hueco financiero” para las distribuidoras, teniendo que trasladar dicho costo a la tarifa, tal y como lo establece la regulación.
Así se genera un aumento indirecto en las tarifas eléctricas por IVA que los usuarios no deberían estar sufriendo.
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