Allan Madriz | EP. La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo contra la Clínica Dr. Marcial Fallas Díaz debido a que la amparada requiere un ultrasonido de control cada 6 meses pero le dieron cita hasta septiembre de 2027.
La recurrente considera vulnerado su derecho a la salud ya que estima que el plazo (dentro de 9 años y 8 meses) es desproporcionado e irrazonable.
La mujer fue diagnosticada de nódulo en tiroides y el examen prescrito es parte del proceso de control de su padecimiento, por lo que adquiere particular relevancia que se realice con la periodicidad recomendada.
“La espera excesiva, irrazonable y desproporcionada incide negativamente en la calidad de vida de la amparada, por lo que se verifica la violación a su derecho a la salud”, indica el comunicado de la Sala.
Por este motivo, por unanimidad, la Sala ordenó al Director Médico del CAIS Dr. Marcial Fallas Díaz disponer de lo necesario para que en el término indicado en el reporte de salud y prescrito por su médico tratante, se realice el ultrasonido de control cada 6 meses.