Las diputadas Abril Gordienko López y Claudia Dobles Camargo presentaron un recurso de amparo contra la Presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez, por una resolución que consideran arbitraria, ilegal e inconstitucional, al negarles el derecho a realizar una permuta entre comisiones legislativas, pese a que este derecho está expresamente reconocido en el Reglamento de la Asamblea Legislativa.
La resolución impugnada impide que ambas diputadas intercambien su participación en las comisiones permanentes especiales bajo el argumento de que pertenecen a fracciones legislativas distintas. Sin embargo, el Reglamento no establece ninguna prohibición para que las permutas se realicen entre diputaciones de fracciones diferentes, ni condiciona este derecho a la adscripción partidaria.
Las diputadas advierten que esta decisión crea, por interpretación arbitraria, una restricción inexistente en la normativa parlamentaria y excede las competencias de la Presidencia Legislativa, con lo que vulnera derechos fundamentales del ejercicio del mandato popular.
La permuta solicitada cumple con todos los requisitos reglamentarios: ambas diputadas son integrantes titulares de comisiones permanentes, la solicitud fue presentada dentro del plazo legal del mes de mayo y ninguna ostenta la presidencia de comisión. Además, el intercambio no afecta la representación política ni la proporcionalidad entre fracciones, ya que su efecto global es neutro, y tampoco altera la paridad de género, al tratarse de una permuta entre mujeres. Este caso trasciende lo individual y tiene un claro interés público.
Las comisiones legislativas son espacios esenciales donde se discuten y dictaminan proyectos que impactan directamente a la ciudadanía. Impedir de forma arbitraria la participación de diputaciones electas debilita la representación democrática y el respeto al Estado de Derecho.
La Sala Constitucional ha sido clara al señalar que la permuta es un derecho parlamentario funcional y que la Presidencia Legislativa no tiene potestad para vetarlo por razones políticas cuando se cumplen los requisitos legales. Al desconocer esta jurisprudencia, la Asamblea Legislativa se expone a una eventual condena constitucional, con consecuencias institucionales y patrimoniales.
La diputada Abril Gordienko López enfatizó que esta decisión afecta de manera particular a las fracciones unipersonales, que por su naturaleza solo pueden ejercer el derecho de permuta con diputaciones de otras fracciones. Negar esa posibilidad genera una desigualdad injustificada y vulnera el principio de igualdad parlamentaria.
Por su parte, la diputada Claudia Dobles Camargo señaló que no se puede permitir que interpretaciones arbitrarias vacíen de contenido los derechos que la ley garantiza a las diputaciones, ya que ello sienta un precedente peligroso para el funcionamiento democrático del Parlamento.
Ambas diputadas recalcaron que, independientemente de esta resolución, continuarán participando activamente en las comisiones y cumpliendo con sus responsabilidades legislativas.
No obstante, afirmaron que defenderán por todas las vías legales el respeto a la Constitución, al Reglamento Legislativo y a los derechos de todas las diputaciones. Defender estos derechos, concluyeron, es también defender el derecho de la ciudadanía a una Asamblea Legislativa plural, respetuosa de la ley y libre de abusos desde la Presidencia legislativa.

