Allan Madriz | ElPeriodicocr.com
El Gobierno anunció este lunes que a partir del 11 de mayo y durante todo el mes, la restricción vehicular por placas entre semana regirá en todo el país.
Es por esto que durante todo el mes de 5:00 a.m. a 9:00 p.m., salvo la lista de excepciones, no circulan entre semana:
| Día | Placas |
| Lunes | 1 y 2 |
| Martes | 3 y 4 |
| Miércoles | 5 y 6 |
| Jueves | 7 y 8 |
| Viernes | 9 y 0 |
| Sábado | 1, 3, 5, 7 y 9 (impares) |
| Domingo | 0, 2, 4, 6 y 8 (pares) |
El transporte público en buses y trenes podrá funcionar con normalidad, pero se recuerda que no se permite personas de pie.
Regulación de establecimientos.
Los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público, sujetos a horario, pueden abrir de 5:00 a.m. a 9:00 p.m. en todo el país.
El aforo permitido para actividades académicas y empresariales será de 150 personas, para eventos de salones sociales de 30, lugares de culto no podrán sobrepasar las 200 y de acuerdo a la capacidad del templo con el distanciamiento de 1.8 metros.
En relación a los bares será un 25% del aforo, de un 75% para hoteles de más de 100 habitaciones y de un 50% para los Parques Nacionales, con excepción del Volcán Poás, que podrá operar al 100% debido a que su nivel de aforo es de 50 personas.

