Allan Madriz | EP. La Sala IV resolvió que los Concesionarios de Puerto Caldera y Autopistas del Sol deben pagar el impuesto de patente municipal por parte de la Municipalidad de Escazú y la Municipalidad de Esparza, respectivamente.
Ambos Concesionarios presentaron acciones de inconstitucionalidad (Expedientes No. 15-015989-0007-CO y No. 15-006132-0007-CO), con la intención de ser eximidos de dicho cobro, pero ambas fueron declaradas sin lugar.
“Los accionantes pretendían que por, ser empresas concesionarias del Estado, no deberían estar sujetas a dicho pago, sin embargo, el Tribunal consideró que la concesión no exime del pago de impuestos”, indica el comunicado de la Sala.
El Tribunal además señaló que ambas actividades (concesión y pago de impuesto por una actividad lucrativa) son actos distintos.

