Allan Madriz | EP. La Sala IV rechazó por el fondo los recursos de amparo presentados por educadores a quienes se les ha rebajado su salario por su participación en la huelga del primero de septiembre de 2015.
Este rebajo de los salarios de los educadores, se aplicó para aquellos que participaron en la huelga del 1 de septiembre del 2015 que se oponía a al proyecto de Educación Dual, a pesar de que el Ministerio de Educación Pública (MEP) no dio el aval para asistir, por lo que se le abrió proceso a casi 5.000 profesores.
“Los recurrentes tuvieron la oportunidad de objetar por medio de los recursos dispuesto para ello y así fue, en varios casos, ya que tenían pleno conocimiento de las razones que justifican la deducción aplicada y procedieron a interponer los recursos ordinarios respectivos”, señala el comunicado de la Sala Constitucional.
Asimismo señaló que determinar si existe o no motivos legales que justifiquen tal falta de trabajo, es un asunto que debe discutirse en la vía administrativa o la jurisdicción laboral.
La Sala aclaró que la interposición de los recursos ordinarios no suspende la ejecución de los actos administrativos, en este caso la rebaja salarial.
La Sala estuvo integrada por el Magistrado Jinesta Lobo quien presidió y los Magistrados Cruz Castro como ponente, Castillo Víquez, Rueda Leal, Hernández López, Salazar Alvarado y Hernández Gutiérrez.


