Allan Madriz| EP. Las modificaciones que el proyecto de Ley de bienestar animal le haría a los artículos 279 bis, 279 ter y 405 bis del Código Penal, serían inconstitucionales, según un nuevo fallo de la Sala IV.
A pesar de que los Magistrados dieron “razones de fondo”, por lo cual la sentencia no es vinculante para la Asamblea Legislativa, si los diputados aprueban el nuevo texto del proyecto, en el futuro la Sala podría traerse abajo cualquier sentencia vinculada a esta reforma.
El señalamiento en cuestión, es que los Magistrados consideran inconstitucional poner multas o sanciones de cárcel para aquellas personas que maten o dañen animales, “sean estos mamífero no humano, ave, reptil, anfibio, pez y octópodo capaz de sentir dolor”.
Para la Sala, la frase contenida en el texto del proyecto “es violatoria de los principios de intervención mínima, razonabilidad y proporcionalidad constitucionales”, por lo cual se establecieron las razones de fondo para solicitar modificaciones.
“Se evacua la consulta formulada en los siguientes términos: 1) en cuanto al fondo del proyecto, por mayoría se declara que la frase animal, sea este mamífero no humano, ave, reptil, anfibio, pez u octópodo capaz de sentir dolor contenida en los textos de los artículos 279 bis, 279 ter y 405 bis que se busca agregar al Código Penal en el proyecto legislativo número 18298, lesionan el principio de intervención mínima y los principios de razonabilidad y proporcionalidad constitucionales”, indica la sentencia.
Los Magistrados además señalaron que no se encontraron vicios de fondo o de procedimiento en los otros argumentos que planteaban un grupo de 13 diputados, quienes fueron los que presentaron la consulta facultativa.
Esta es la segunda consulta que se le realiza a la Sala IV sobre este proyecto, en la primera, los Magistrados declararon inconstitucionales varias multas y sanciones, al señalar que no había proporcionalidad ni razonabilidad en los montos económicos ni en los años de cárcel planteados.
Por lo cual, los diputados corrigieron el texto original y redujeron las penas de cárcel y las sanciones económicas al proyecto de Ley. Para esta ocasión, la Sala estuvo de acuerdo con las sanciones planteadas en el nuevo documento.
“b) no existe lesión al principio de proporcionalidad en las penas de prisión y los montos de multa establecidos respectivamente en los textos de los artículos 279 bis, 279 ter y 405 bis que se busca agregar al Código Penal, y el artículo 21 de la Ley número 7.451 Ley de Bienestar de los Animales, que se proponen en el proyecto legislativo 18.298”, señala el nuevo fallo.
La segunda consulta fue realizada por los diputados y diputadas: Otto Guevara, José Alberto Alfaro y Natalia Díaz del Movimiento Libertario; Aracelly Segura, Juan Rafael Marín, Juan Luis Jiménez S., Lorelly Trejos, Olivier Jiménez, Michael Arce y Paulina Ramírez de Liberación Nacional; Jorge Rodríguez y Rosibel Ramos de la Unidad Social Cristiana, y finalmente Carlos Hernández del Frente Amplio.


