Allan Madriz | EP. La Sala IV declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por el Periódico La Nación en contra del Banco Nacional de Costa Rica (BN), después de que el medio de comunicación denunciara que la entidad bancaria estatal redujo la pauta publicitaria por informaciones publicadas acerca del BN.
Los Magistrados de la Sala indicaron que el hecho constituye un caso de “censura indirecta”, la cual definen como una forma de acoso ilegítimo de un medio de comunicación de parte de un ente público, lesionando la libertad de expreasión.
“El Tribunal determinó que a partir de febrero de este año, el Banco, por orden de su Gerente General, redujo paulatinamente la pauta publicitaria comercial al citado medio, como un mecanismo de coacción con el fin de intentar remediar un supuesto desequilibrio informativo que estimaba dañino a los intereses del Banco y que se percibía en la publicación de reportajes de distintas situaciones de relevancia pública”, indicó la Sala mediante un comunicado.
Para el Tribunal, esto es una “una forma perversa y antidemocrática de utilizar fondos públicos para dirigir la opinión”, ya que según este comportamiento, se premia o se castiga a quienes ejercen la libertad de prensa.
Los Magistrados indicaron también que los elementos probatorios recabados por la Comisión de Control de Ingreso y Gasto Público de la Asamblea Legislativa, donde estuvieron todas las partes involucradas, contribuyeron para que la Sala comprobara la actuación de la entidad bancaria en este caso.
La sentencia requiere del Banco Nacional, que retome el apego al plan de medios aprobado y vigente y que se abstenga en el futuro de incurrir nuevamente en este tipo de conductas.


