INAMU: Trabajadoras domésticas deben recibir aguinaldo

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Foto Aarón Chinchilla EP.
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Aarón Chinchilla EP. | El Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU) exhortó a los empleadores que cancelen el derecho a aguinaldo a las trabajadoras del servicio doméstico.

Mediante un comunicado de prensa, la institución hizo el llamado a los empleadores a que cumplan con la obligación de pagar el llamado décimo tercer mes y además, Inamu recordó que la cancelación de este derecho debe darse dentro de los primeros veinte días del mes de diciembre, o, de lo contrario, el patrono se expone a sanciones.

“El Código de Trabajo cubre a todas las personas trabajadoras, y las del servicio doméstico no son la excepción, por lo que las personas empleadoras tienen que cumplir con sus obligaciones (…) A partir de un mes de laborar la trabajadora tiene este derecho, no importa si labora por horas, por jornada parcial o tiempo completo”, refirió Patria Mora Castellanos, Ministra de la Condición de la Mujer y Presidenta Ejecutiva del INAMU.

El aguinaldo debe tomar en cuenta el denominado”salario en especie”, el cual incluye la alimentación, hospedaje y otros artículos de uso personal que recibe la trabajadora en su lugar de trabajo, independientemente de la jornada laboral que tenga. Este tendrá el valor que le hayan dado las partes y, si éstas no han determinado ese valor, este se estimará equivalente hasta el cincuenta por ciento (50%) de lo que reciba en dinero efectivo la persona trabajadora.

El aguinaldo se calcula con base en todos los salarios ordinarios y extraordinarios, devengados por la persona trabajadora durante los doce meses que van del 1° diciembre del año anterior al 30 de noviembre del presente año, y se obtiene de la suma de dichos salarios y se divide entre doce.

Es importante que se tenga en cuenta que, si la persona empleadora no paga el aguinaldo, se pasa de la fecha límite o lo paga incompleto, se considerará una retención indebida del salario y una falta grave de sus obligaciones del contrato, por lo que se hace acreedora de una multa de ley. Si la persona trabajadora del servicio doméstico o la persona empleadora desea saber cuánto le corresponde recibir o pagar por concepto de aguinaldo, puede acudir a las oficinas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social más cercanas o llamar al servicio gratuito 800-8722256.

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