El Tribunal Penal de San José dictó una sentencia condenatoria contra la tiktoker chavista Yendry Patricia Quirós Conejo, conocida mediáticamente como “La Colocha”, tras hallarla culpable del delito de amenazas a funcionario público en perjuicio del exdiputado y excandidato presidencial del Frente Amplio (FA), Ariel Robles Barrantes.
La jueza Viviana Obando, encargada del debate, impuso una pena de un mes de prisión contra Quirós. No obstante, al otorgársele el beneficio de la ejecución condicional de la pena —mecanismo previsto en la legislación para personas sin antecedentes penales y condenas inferiores a tres años— la activista no deberá descontar tiempo en un centro penal, aunque se le advirtió que no debe volver a incurrir en este delito.
Los hechos juzgados se remontan al 22 de junio de 2023, durante una manifestación realizada frente a las afueras de la Asamblea Legislativa. Según consta en el expediente, la protesta se convocó originalmente para denunciar supuesta violencia política hacia la entonces legisladora Pilar Cisneros Gallo; sin embargo, durante la jornada, Quirós tomó un megáfono y emitió manifestaciones directas hacia Robles en una transmisión en vivo.
Entre las declaraciones vertidas, Quirós expresó que «le iban a sacarle el sirope de la nariz» al exlegislador, agregando frases en las que afirmaba que su inmunidad parlamentaria terminaría y incitando a la violencia física.
Durante el juicio, la propia imputada admitió haber pronunciado dichas palabras sin embargo las justificó como “folcloricas” y “ocurrentes”. Ante esto, el Tribunal descartó la tesis defensiva de que el mensaje fuera una figura retórica fuera de contexto o una frase coloquial amparada por la libertad de expresión, concluyendo que la conducta constituyó una intimidación real orientada a coaccionar al funcionario en el ejercicio de sus labores.
Segundo debate y trámite judicial
Este proceso correspondió a un rejuicio. En marzo de 2025, un primer tribunal había dictado una sentencia absolutoria en favor de Quirós. No obstante, el Ministerio Público apeló el fallo y, en mayo de 2026, el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal anuló la resolución por defectos en la fundamentación y en la valoración de la prueba, ordenando rehacer el juicio con una nueva integración judicial.
Durante este segundo debate, el Ministerio Público solicitó una sanción de tres meses de cárcel, argumentando que las declaraciones incitaban a la violencia contra el exlegislador. La defensa, por su parte, solicitó la absolución alegando el uso de lenguaje espontáneo dentro de un debate político. Finalmente, la jueza fijó la sanción en el mínimo legal de un mes de prisión.

