
Elvis Martínez. El Tribunal Penal de Guanacaste catalogó como ineficaz la resolución de un Juez que permitió el allanamiento y apropiación de los pozos de agua de la organización comunal Acueducto Rural (ASADA) en Playa Potrero, quienes defienden que el recurso hidríco se destine para la población y no únicamente para los grandes proyectos inmobiliarios de la zona.
Luego de acciones legales por parte del AYA, un Juez Penal de Santa Cruz, Guanacaste había ordenado entregar el acueducto a funcionarios de esa institución.
Desde entonces se inició una tensa relación entre la comunidad de Potreros y el AYA, relación que explota la tarde del 7 de febrero de 2014 cuando en medio de un fuerte operativo policial funcionarios del AYA pretendieron arrancar la bomba y la tubería del acueducto, pero la comunidad puso resistencia durante días.
Más tarde , el 18 de febrero a las 4 a.m. unos 70 antimotines fuertemente armados invaden el edificio número 1 de la Asada, rompen las cadenas, quitan el candado e imponen nuevas cadenas al inmueble.
“Al vecino José Daniel que pregunta el motivo de aquella invasión lo agreden, lo esposan y lo privan de su libertad por 6 horas, trasladándolo hasta Santa Cruz en condición de delincuente, negándole alimento y bebida alguna”, relataron para entonces los vecinos.
La comunidad de Potrero se hace presente de nuevo, quitan candado y cadenas e imponen el orden popular, exigiendo la inmediata liberación del detenido. A partir de allí, unas 100 personas levantan una manifestación permanente frente al edificio de la Asada.
Nueva resolución
En la nueva resolución el Tribunal Penal de Guanacaste manifiesta que las actuaciones del AYA está llena de irregularidades e ilegalidades y que la denuncia presentada por abogados del AYA no indica que los funcionarios de la ASADA de Potrero estén realizando acciones para dañar los bienes del acueducto o que estén poniendo en peligro la salud de los habitantes para proceder en la forma como se hizo.
“no existe fundamento en la resolución (del Juez) en cuanto a la existencia de peligro de fuga, peligro de obstaculización para la investigación que se está iniciando, o bien peligro para las presuntas víctimas o bien de reiteración delictiva, para ordenar dicha medida atípica, ya que ésta no encuentra sustento en ningún presupuesto procesal, que se extraía de la prueba presentada por el denunciante para el aseguramiento de éste proceso de Desobediencia que se está iniciando su investigación,por lo expuesto se acoge el recurso de apelación planteado, se declara ineficaz la resolución de las nueve horas del siete de febrero del año dos mil catorce, que ordenó como medida cautelar atípica entregar la administración del servicio de acueductos de la comunidad de Playa Potrero al Instituto Costarricense de acueductos y Alcantarillados”, indica la resolución.
La Federación Ecologista Costarricense (FECON) y la Confraternidad Guanacasteca alertaron sobre el conflicto similar que sucede en la Perla de Guácimo, comunidad “donde el AyA actúa de la misma manera que en este caso, las comunidades no les permitirán despojar los bienes comunes para favorecer intereses económicos particulares”, indicaron.