Allan Madriz | EP. La Dirección General de Aviación Civil (DGAC) informó este jueves que los propietarios de drones deberán registrar estos aparatos y además sacar una licencia para poder pilotearlos en nuestro país.
Aviación Civil indicó que emitirá una Directiva Operacional sobre el uso de Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia o RPAS por sus siglas en inglés, pero conocidos en Costa Rica como Drones.
Dentro de los principales elementos que incluirá esta Directiva está el registro de los aparatos por medio de una placa de identificación. Además cada aeronave deberá contar con una persona o empresa responsable y registrada ante la DGAC.
Otra de las medidas incluidas en esta nueva normativa, es que todas personas que deseen operar un drone deberán contar con un curso de piloto brindado por una escuela de aviación, representantes del fabricante, fabricante de drones, o un instructor; todas las opciones anteriores deberán ser autorizadas por la DGAC, quien será la encargada de entregar la licencia y costará $94.
Asimismo los operadores comerciales de drones deberán pagar un canon por certificación, ese proceso de certificación costará $1.874 por empresa y cubrirá la totalidad de drones que disponga esa compañía. Esto aplica exclusivamente a las personas físicas o jurídicas que lucren con la aeronave por medio de venta de servicios.
Además quienes operen estas aeronaves deben de contar con seguros de responsabilidad civil y los aparatos no podrán volar a más de 120 metros de altura ni a menos de 8 kilómetros de un aeropuerto.
El reglamento establece que los dueños de los drones deberán respetar zonas restringidas tales como: no volar sobre edificaciones como Casa Presidencial, Centros Penitenciarios, entre otros.

