San José.- Tras las declaraciones polémicas del presidente Rodrigo Chaves, las cuales generaron un seguidilla de reacciones confusas de los diputados sobre cuánta es la cantidad de votos que necesita el proyecto que privatiza el Banco de Costa Rica, al fin el asunto está resuelto.
El departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa desmintió al Chaves y sus asesores quienes aseguraron que solo necesitan el mínimo (29), pero en realidad son los 38 votos a favor, catalogados como mayoría calificada.
¿La razón?
Existen dos casos.
El primero es si se vende a un ente privado, será necesario la creación de una ley que deberá ser aprobada por la Asamblea; con la mayoría calificada.
Mientras que si se refiere la venta a otro banco del Estado, solo será necesario un acuero de las juntas directivas.
Pero la siguen dudas…
Más allá de el requerimiento de los votos, las dudas siguen andando entre los diputados que analizan el tema.
Tras las consultas de la diputada Social Cristiana (PUSC), María Marta Carballo, los recursos obtenidos con la venta del Banco son un punto que prácticamente da para una futura discusión no muy lejana.
A título personal, la congresista asegura que “si es este proyecto avanza, este dinero debe ser utilizado para pago de deuda. El 17% del presupuesto es solo para pago de intereses de deuda, y si podemos pagar deuda este porcentaje puede se utilizado para inversiones” dijo Carballo.
Además, las cargas parafiscales seguien generando preocupación y dudas entre los diputados.
“Si esta venta se hace a un banco del Estado, sí se sigue con la obligación de mantener estas cargas. A diferencia si la venta se hace a un ente privado, surgiría una preocupación nuevamentela preocupación de donde el estado va a tomar estos dineros para poder seguir manteniendo estas responsabilidades”, concluyó Carballo.
En cuanto al tiempo estimado para culminar la venta activos, Servicios Técnicos indicó que dependerá de si la condición jurídica cambia.
Si la titularidad de las acciones se traspasa a otro banco comercial del Estado, este traspaso sólo requerirá los respectivos acuerdos de Junta Directiva de las Instituciones involucradas.
Pero si el traspaso de acciones conlleva que la situación jurídica se modifica y deja de ser banco del Estado, se requiere una ley que venga a modificar la que ya define esa condición jurídica actualmente.
