La molestia de un funcionario de la Caja contra sus jefes y la propia institución le costó un proceso administrativo que por poco le cuesta el puesto, sin embargo, gracias a un amparo, el proceso fue frenado por la Sala IV y quien terminó trasquilada fue la institución, por atentar contra la libertad de opinión.
“Ningún funcionario público puede ser inquietado, perseguido, recriminado o sancionado por expresar sus opiniones, ideas, pensamientos o juicios de valor acerca de la gestión del ente público o las actuaciones de otro funcionario público”, señalaron los magistrados en su resolución.
Los magistrados resolvieron anular “el traslado de cargos emitido por resolución de las 15:50 horas del 2 de setiembre de 2020 por el Centro para la Instrucción de Procedimientos Administrativos de la Caja Costarricense de Seguro Social, así como todas aquellas actuaciones subsiguientes a su dictado, que se hayan emitido dentro del expediente”, señala la resolución Nº 29776 – 2022 del 16 de diciembre anterior.
El funcionario, de quien se mantiene el nombre bajo confidencialidad, había escrito un comentario negativo para la Caja y para sus jefaturas, aduciendo que la CCSS le abrió un procedimiento disciplinario por “un comentario que hizo en un perfil privado de Facebook”, por lo que acusa que se vulneró la privacidad de las comunicaciones y su libertad de expresión.
Además, alegó que la CCSS lesionó sus garantías como trabajador y del debido proceso al que tiene derecho, pues “amplió los cargos en el citado expediente año y medio después” de sucedidos los hechos, ignorando que el caso incluso había prescrito.
Por su parte, Ronny Villalobos Hidalgo, en su condición de director a. i. del Centro para la Instrucción de Procedimientos Administrativos de la Caja Costarricense de Seguro Social (CIPA) confirmó a la Sala el procedimiento seguido contra el ahora amparado, y rechazó que la Institución realizara persecución contra sus funcionarios.
(…) llama la atención que el recurrente, dos años después, de que se le notificó la resolución inicial de traslado de cargos y sus antecedentes alegue una violación a su privacidd en las comuniciones y violación al derecho de expresión, lo que evidentemente es falso”, señaló el director interino del centro investigativo de la Caja a los magistrados.
Sin embargo, la orden fue frenar el proceso y condenar a la Caja al pago de las costas, pues queda claro que la libertad de expresión es visto por los magistrados como un principio fundamental del sustento de la democracia del país.

