Allan Madriz | EP. La diputada del Partido Restauración Nacional (PRN), Alexandría Loría, arremetió contra el aborto terapéutico este miércoles, durante su intervención en el Plenario Legislativo.
En el marco de la conmemoración del Día Mundial de Síndrome de Down (21 de marzo), la legisladora criticó como en algunos países de Europa, como Islandia, se permite la utilización del aborto terapéutico bajo varias circunstancias médicas y sociales.
“No existe el aborto terapéutico, no hay ninguna enfermedad por el cual el aborto sea terapia para la mujer. El 121 del Código Penal habla de aborto no punible, es decir, siempre está el delito del aborto, pero no se va a castigar”, indicó la legisladora,
Loría aseguró que el Partido Acción Ciudadana (PAC) y su gobierno ha tratado de impulsar el aborto terapéutico y argumentó que “no existe ningún presupuesto en que no se pueda evitar el aborto”.
La legisladora cuestionó como una comisión creada por el Ministerio de Salud en esta administración redactó un borrador para establecer un protocolo de aborto terapéutico. El documento fue entregado a la Cancillería de la República, encarga de representar el país ante la CIDH.
“Lo que no está legalmente permitido es matar a un niño en gestación, para iniciar luego la terapia, porque esto sería en realidad un aborto genético”, señaló Loría.
Para la diputada de RN, una mujer “gravemente enferma” y embarazada, puede ser tratada y hospitalizada para recibir atención médica para “controlar su enfermedad”, sin la necesidad de aplicarles el aborto.
De igual manera, aseguró que si en ese proceso de tratamiento a la mujer fallece el feto, en ese caso, no se puede catalogar como un aborto, ya que sería de “manera involuntaria”.
“Lo que no está legalmente permitido es matar a un niño en gestación para iniciar luego la terapia, porque eso sería en realidad un aborto genético”, argumentó la diputada.
Declaraciones completas de Alexandra Loría este miércoles 21 de marzo en el Congreso:
¿Qué dice el artículo 121 del Código Penal?
“No es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, cuando no hubiere sido posible la intervención del primero, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios“.
En nuestro país, el aborto terapéutico ha sido cuestionado desde las instituciones médicas, señalando que no existe una reglamentación adecuada para su implementación donde se señale en que circunstancias es permitido.
Costa Rica ha sido demandada anteriormente ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por la no aplicación del denominado aborto terapéutico.
Grupos pro derechos humanos han lanzado campañas a favor del aborto terapéutico, como la iniciativa #SaludyVida121, que buscaba que fuera permitido bajo ciertas circunstancias.
Entre esas circunstancias están: evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer, con el consentimiento de la mujer, se realice por un médico autorizado y finalmente, que el aborto no haya podido ser evitado por otros medios.

