Si perdió su trabajo por el coronavirus, así puede acceder al subsidio del Gobierno

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Bono Proteger COVID-19: El bono varía entre ₡125 mil por mes para personas despedidas o con jornada laboral reducida al 50% o más, y ₡62 mil 500 por mes a quienes les hayan reducido la jornada un 50% o menos. FOTO: Presidencia.
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Pedro Ramírez | EP. La crisis económica y social que vivimos en Costa Rica producto del COVID-19 apenas comenzamos a entenderla. Miles de familias viven un verdadero drama humano debido a la suspensión de contratos, reducción de jornadas laborales e incluso despidos, sumado al estrés y tensión causados por la incertidumbre de cómo avanzará la propagación del Coronavirus.

En este contexto el Gobierno de la República anunció este jueves el inicio del proceso de registro de solicitudes digitales para el otorgamiento del Bono Proteger, una ayuda económica temporal de tres meses que se brindará a personas afectadas laboralmente por la emergencia sanitaria del COVID-19.

El monto del Bono Proteger dependerá de cada situación particular. Las personas despedidas, con contrato laboral suspendido, con jornada laboral reducida en un 50% o más, trabajadores independientes e informales cuya solicitud haya sido aprobada recibirán un bono de ₡125 mil por mes durante 3 meses. En tanto, para quienes sufrieron una disminución de su jornada laboral en un 50% o menos el monto será de ₡62 mil 500 por mes, por el mismo período.

Al hacer el anuncio este jueves en conferencia de prensa virtual, el presidente de la República Carlos Alvarado indicó que este es un esfuerzo excepcional para apoyar en este momento a miles de personas trabajadoras y sus familias afectadas.

“Somos conscientes de que los tiempos que vivimos producto de una pandemia global que ha dejado a millones sin empleo en todo el mundo requieren medidas extraordinarias. Por esa razón, el Gobierno impulsa de manera decidida el Bono Proteger con el fin de brindar un alivio económico temporal a todas las personas trabajadoras que han visto afectados sus ingresos por la situación del COVID-19”, señaló el mandatario.

Bono Proteger COVID-19: Podrán aplicar personas trabajadoras despedidas, con reducción de jornada laboral o con contrato suspendido, así como trabajadores independientes, informales y temporales afectados por COVID-19. FOTO: Presidencia.

Este Bono consiste en la entrega temporal de un monto económico, según la condición de vulnerabilidad laboral en la que se encuentre la persona a raíz de la emergencia nacional por COVID-19.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios del Bono Proteger?

  • Personas despedidas: aquellas que fueron cesadas de sus puestos de trabajo y que no cuentan actualmente con medios para generar ingresos económicos en su núcleo familiar.
  • Empleado(a) con suspensión temporal del contrato laboral vigente a raíz de la emergencia por el COVID-19: aquellas personas que tienen un contrato laboral vigente, pero fue suspendido de forma temporal, y no perciben ingresos económicos en el periodo que abarca la suspensión.
  • Empleado (a) con reducción de jornada a raíz de la emergencia por el COVID-19: aquellas personas que tienen un contrato laboral vigente, pero sufrieron una reducción en su jornada laboral y en su salario por un periodo determinado.
  • Trabajador (a) independiente con afectación raíz de la emergencia por el COVID-19: personas que trabajan de forma independiente y vieron disminuidas sus fuentes de ingresos desde el inicio de la emergencia nacional.
  • Trabajador (a) temporal o informal con afectación a raíz de la emergencia por el COVID-19: personas que trabajan de forma temporal o en el sector informal de la economía, y vieron disminuidas sus fuentes de ingresos desde el inicio de la emergencia nacional.
Bono Proteger COVID-19: Solicitudes se harán únicamente de forma virtual a través de la plataforma www.proteger.go.cr, creada por el gobierno. FOTO: Presidencia.

¿Cuáles son los requisitos para optar por el Bono Proteger?

  • Ser costarricense o extranjero en condición migratoria regular, mayor de 15 años.
  • Haber perdido su empleo, tener una jornada reducida, un contrato de trabajo suspendido, o haber visto reducidos sus ingresos por un cambio en su jornada de trabajo, como producto de la emergencia por COVID-19.
  • Contar con documento de identidad nacional o extranjero (DIMEX) vigente.
  • Contar con una cuenta bancaria IBAN a su nombre, activa, en colones, de cualquier institución financiera del sistema bancario nacional. También puede solicitar una cuenta en el formulario de solicitud, si no dispone de ella.
  • Completar la declaración jurada y formulario de inscripción virtual.

¿Como debo aplicar al Bono Proteger?

Las personas que deseen aplicar al Bono Proteger, deberán tener a mano su último documento de identidad, suscribir una declaración jurada y disponer del número IBAN de su cuenta bancaria (a su nombre y en colones), así como la información probatoria sobre su afectación laboral. Si la persona no dispone de una cuenta bancaria, la puede solicitar durante el trámite en el mismo formulario. Los pasos a seguir en el trámite son:

  • Ingresar a la plataforma www.proteger.go.cr, que será el único canal para realizar una solicitud.
  • Leer y firmar un consentimiento informado sobre el uso de datos que se le presentará en el sitio web con el fin de que las autoridades puedan corroborar toda la información en las distintas instituciones públicas.
  • Proporcionar una declaración jurada de que la información que brindará es verídica. Para ello, tendrá las siguientes posibilidades: a) Imprimir la declaración jurada, firmarla a mano y adjuntar una fotografía del documento; b) Firmar con firma digital la declaración jurada y adjuntar el documento; c) Transcribir la declaración jurada, firmarla a mano y adjuntar una fotografía del documento.
  • Brindar la información solicitada sobre su afectación al COVID-19.
  • Luego, deberá dar su cuenta bancaria IBAN o solicitar, en el mismo formulario, la apertura de una.
  • Posteriormente, deberá facilitar la información requerida por el sistema para corroborar su afectación laboral.
  • Una vez hecha la solicitud, esperará la resolución de su caso -si fue aceptada o rechazada- la cual se notificará por el correo electrónico registrado.
    Si la solicitud es aprobada, se realizará el trámite de pago de manera mensual.

Finalmente el Gobierno reitera que la solicitud será gratuita. Ninguna institución pública llamará telefónicamente para solicitar datos personales, cuentas bancarias, números de tarjeta de crédito o débito, ni enviará mensajes de texto de ningún tipo. Si alguna persona recibe una llamada o un mensaje de texto solicitando esta información deberá alertar a las autoridades mediante la línea gratuita 800-Denuncie (800-33686243).

Para los casos excepcionales de personas que no cuentan con conectividad se promoverá el apoyo de facilitadores tecnológicos seleccionados por el MTSS y el IMAS los cuales serán anunciados prontamente y quienes, además de informar a la población, permitirán el acceso y el acompañamiento para la concreción de este trámite de carácter individual.


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