El Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública lo condenó a seis meses de prisión por cuatro delitos de falsedad ideológica, para un total de dos años. Sin embargo, el político recibió el beneficio de ejecución condicional de la pena, por lo que no irá a la cárcel.
La sentencia corresponde a la causa “18-000040-0033-PE y, debido a las reglas de penalidad del concurso material, la pena se readecúa a un año y seis meses. Adicionalmente, el exlegislador fue condenado al mismo plazo de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos”, informó la Fiscalía General, por lo que el exdiputado libertario no podrá aspirar de nuevo a una curul, al menos hasta el 2030.
¿Y qué es la ejecución condicional de la pena que salvó a Guevara y a delincuentes condenados de ir a cárcel?
De acuerdo con la legislación vigente y tomando la definición del Centro de Información Jurídica de la UCR, se trata de un beneficio que se otorga a un delincuente primario.
“El Tribunal otorgará el beneficio cuando de la consideración de estos elementos pueda razonablemente suponerse que el condenado se comportará correctamente sin necesidad de ejecutar la pena”, señala el Centro de Investigación.
Asimismo, este beneficio no se puede otorgar a penas mayores a tres años, y se “fundará en el análisis de la personalidad del condenado y su vida anterior al delito en el sentido de que su conducta se haya conformado con las normas sociales y en el comportamiento posterior al mismo, especialmente en su arrepentimiento y deseo demostrado de reparar en lo posible las consecuencias del acto, en los móviles, caracteres del hecho y circunstancias que lo han rodeado”.
La Unidad Especializada de la Fiscalía General logró acreditar en el debate que Guevara omitió “de manera dolosa” declarar su participación como director y dueño del capital accionario de una empresa en el extranjero cuando fue electo diputado para el periodo 2014-2018.
Guevara no reportó su participación en esta empresa en ninguna de las cuatro declaraciones que tuvo que rendir ante la Contraloría en ese periodo, por lo que se consideró que había suministrado información falsa.
La Procuraduría de la Ética Pública también informó que fue declarada con lugar la acción civil resarcitoria solicitada de 2,5 millones de colones por cada delito (10 millones de colones en total), que Guevara deberá cancelar junto a los intereses legales y las costas procesales y personales.