Allan Madriz | EP. Una sentencia de la Sala Constitucional ordena capacitar a la Policía de Tránsito en el plazo máximo de seis meses para que se comuniquen con personas con discapacidad auditiva.
Esto después de que una persona presentara un recurso de amparo contra el MOPT y la Policía de Tránsito, tras reclamar que oficiales de tránsito le confeccionaron una infracción, aunque este pretendía hacerles saber que contaba con los papeles de Riteve.
De igual manera, reclama que, durante el procedimiento, sus derechos como persona sorda y su dignidad humana fueron irrespetados, ya que le tiraron la licencia y la boleta de multa y se retiraron.
“La sentencia declara parcialmente con lugar el recurso, en lo que se refiere a la discapacidad del amparado y ordena al Director de la Policía de Tránsito del Ministerio de Obras Públicas y Transportes o a quien en su lugar ocupe el cargo, que emita las órdenes que estén dentro del ámbito de sus competencias para que en el plazo máximo de seis meses se adopten las medidas que correspondan”, señala el Poder Judicial.
La sentencia No. 2018013503 se encuentra pendiente de su redacción.