Nueva legislación establece penas de hasta 10 años de cárcel en casos de soborno transnacional

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Los diputados aprobaron este jueves una modificación a la legislación del soborno transnacional. Foto con fines ilustrativos.
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Allan Madriz | EP. Los diputados aprobaron este jueves en primer debate el expediente 19.904, “reforma del delito de soborno transnacional, artículo 55 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito de la Función Pública Ley N°. 8422, de 06 de octubre de 2004”.

La propuesta pretende modificar la tipicidad del delito de soborno transnacional incluyendo la promesa, y ampliando la conducta en forma directa o mediante un intermediario a un funcionario público o a un funcionario o representante de un organismo internacional.

Además se le adiciona al injusto penal el dar, prometer u otorgar una dádiva, retribución o ventaja indebida no solo al funcionario o a la funcionaria, sino a otra persona física o jurídica.

Las penas irán desde los dos hasta los diez años dependiendo del delito cometido, ya sea la persona que mediante intermediarios ofrezca dádivas a funcionarios internacionales con el fin de que dicho funcionario, utilizando su cargo, realice, retarde u omita cualquier acto o, indebidamente, haga valer ante otro funcionario la influencia derivada de su cargo.

El diputado del Partido Liberación Nacional, Ronny Monge señaló que la tipificación de soborno internacional ya existía en nuestra legislación, pero se tenía una omisión pues no estaba incluida la promesa de soborno.

Este marco legal permitirá cumplir con los estándares internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en relación con la lucha contra el soborno transnacional.

Dentro del proceso de ingreso a la OCDE, Costa Rica debe adherirse a la “Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales” y, por ende, actualizar la legislación nacional a la realidad internacional en regulación del soborno transnacional.

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