Allan Madriz | EP. Este martes se dieron a conocer los fallos en segunda instancia sobre varios movimientos de huelga que había sido declarados ilegal en la primera instancia.
Primero se dio a conocer el fallo en segunda instancia del Tribunal de Apelación del II Circuito Judicial de San José, que declara la huelga de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) por no considerar sus servicios como esenciales y además no encontrar pruebas que demostraran que el movimiento fue violento.
Seguido a ese fallo en segunda instancia, llegaron las declaratorias donde se revocó la ilegalidad de la huelga en el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y se ratificó la declaratoria de legalidad de la huelga en el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA).
Además de estas declaratorias, el Tribunal de Apelación de Trabajo declaró en firme la ilegalidad de la huelga en el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), sin embargo aclara que no se puede rebajar salarios ni sancionar a los trabajadores, mientras estos se reintegren a sus labores en las próximas 24 horas.
El gobierno informó la mañana de este martes que el Presidente Carlos Alvarado solicitó a la Procuraduría General de la República interponer un recurso de casación contra la sentencia que declara el movimiento de huelga en Recope como legal; sin embargo no han emitido ninguna declaración sobre las declaratorias sobre el AyA y la del PANI.