Migración exigirá prueba COVID-19 negativa para salir hacia Nicaragua

0
2046
Foto: Migración y Extranjería.

 

Allan Madriz | EP. La Dirección General de Migración y Extranjería tomó la decisión de solicitar un comprobante de haberse realizado un examen COVID-19 con resultado negativo (dentro de las 72 horas previas), a aquellas personas que deseen salir de Costa Rica hacia Nicaragua.

Esto ante la situación de las personas nicaragüenses que permanecen en la frontera de Peñas Blancas, y a quienes el gobierno de Daniel Ortega no les ha autorizado su ingreso por no portar una prueba COVID negativa como requisito señalado en la resolución N°346-2020, del Ministerio de Salud de la República de Nicaragua.

La medida, de manera temporal y hasta nuevo aviso, exige este requisito para la salida de Costa Rica hacia Nicaragua, ya sea por vía terrestre, marítima, fluvial o aérea.

Las personas que requieran salir del país hacia Nicaragua deberán realizarse con sus propios recursos el examen para la prueba COVID19, el cual podrá hacerse en diversas clínicas privadas.

Las autoridades de Migración y Extranjería aclararon que Caja Costarricense del Seguro Social y el Ministerio de Salud no aplicará estas pruebas con el fin de presentar el requisito para salir del país.

Este requisito será exigible tanto a personas costarricenses como extranjeras que pretendan viajar hacia Nicaragua. A las personas que no cumplan con este requisito, no se les autorizará el egreso del país por parte de las autoridades migratorias costarricenses.

Esta determinación se toma para evitar un nuevo foco de contagio en los puestos fronterizos de la zona norte, procurando el bienestar de las personas habitantes de estas zonas, así como las personas usuarias y funcionarias de la Dirección General de Migración y Extranjería.

“Para la Dirección General de Migración es muy importante prevenir los focos de contagio del COVID19, no solamente por los funcionarios y policías de la institución, sino por los habitantes de las zonas fronterizas y quienes tienen que transitar por los puestos fronterizos”, afirmó Migración y Extranjería.

La resolución N° DJUR-0109-07-2020-JM, del Ministerio de Salud costarricense, señala que el examen COVID-19 con resultado negativo como requisito de egreso no será aplicable a las personas nicaragüenses provenientes de Panamá, ya que estas personas viajan conforme al acuerdo de tránsito controlado realizado entre las autoridades migratorias y sanitarias de Nicaragua, Panamá y Costa Rica.


CONTAMOS CON USTED


Usted no paga por leer las noticias, Usted aporta para que la información continúe distribuyéndose de forma libre, apegada siempre a la verdad, sin presiones políticas o económicas. Apoye el periodismo que está de su lado.

Únase a nosotros | Beneficios para asociados/as


Commentarios

commentarios

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí