Gobierno pide derogar varios incisos de “ley mordaza” vigente desde 1954

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El ministro de Comunicación Mauricio Herrera, reiteró que el Gobierno considera que la Ley N° 1758, Ley de Radio y Televisión, que data de 1954, contiene regulaciones que riñen con la visión de un Estado respetuoso y garante de la libre expresión, en todas sus formas, por lo que urge modernizarla.
El ministro de Comunicación Mauricio Herrera, reiteró que el Gobierno considera que la Ley N° 1758, Ley de Radio y Televisión, que data de 1954, contiene regulaciones que riñen con la visión de un Estado respetuoso y garante de la libre expresión, en todas sus formas, por lo que urge modernizarla.
El ministro de Comunicación, Mauricio Herrera, reiteró que el Gobierno considera que la Ley N° 1758, Ley de Radio y Televisión, que data de 1954, contiene regulaciones que riñen con la visión de un Estado respetuoso y garante de la libre expresión, en todas sus formas, por lo que urge modernizarla.

Agencia de Prensa Costarricense (APC). Sí se podrán decir mentiras, malas palabras, e ir contra el decoro público en adelante. Bueno en realidad ya ocurre en televisión y radio costarricense, solo que de prosperar las medidas planteadas por el Gobierno esto ya no será delito ni siquiera falta contravencional.

Mauricio Herrera, nuevo Ministro de Comunicación, tuvo el honor, como lo anunció él, de anunciar la petición del gobierno para derogar  varios incisos del artículo 17 de la Ley de Radio de 1954, vigente hasta ahora y que atentan contra la Liberta de Prensa.

“Con mucho placer, y con un honor de poder comenzar mis tareas como Ministro de Comunicación, nos complace informar que estamos enviando a la Asamblea Legislativa un proyecto de ley que deroga los incisos de la Ley de Radio y Televisión que han sido una mordaza latente sobre los medios de comunicación desde el año 1954; específicamente pedimos derogatoria de los incisos b, ch, y d del artículo 17 de la Ley, que sancionaban la difusión de noticias falsas, llamadas de alarma sin fundamento, el uso de lenguaje vulgar en contra de las buenas costumbres, y el uso de lenguaje injurioso que dañe el honor o intereses personales”, explicó el Ministro Mauricio Herrera.

La vigencia de estas normas representa la inconveniente práctica de mantener regulaciones que buscan el control de los contenidos de las emisoras de radio y televisión por parte del Estado, con la imposición de regímenes reactivos de sanción.

El Ministro Herrera agregó que ” durante todos estos años han generado grandes avances en derechos humanos, y consideramos que es innecesario que se mantengan estas prohibiciones, la ley mordaza estaba vigente desde 1954, es ahora cuando decidimos quitarla, pues estas medidas contenían la posibilidad de quitar la concesión, si bien nunca se usaron eran un peligro para la libertad de expresión”.

El Gobierno indicó que “considerando que las conductas sancionables se relacionan con las prohibiciones del artículo 17, mantener en vigencia estas normas genera un latente riesgo de violación a la libertad de expresión y prensa, ya que se podría llegar a inhibir la labor periodística en razón de las sanciones vigentes, función vital para la existencia de un sistema con profundas raíces democráticas, que facilite el control ciudadano sobre las actuaciones de la Administración Pública, y la rendición de cuentas permanente por parte de esta”.

Un borrador que incluía el cierre de medios por mentir, decir malas palabras o ir en contra del decoro público, fue causa de la renuncia de la plana mayor del Ministerio de Ciencia y Tecnología, pero ahora el Gobierno quiere enmendar el error y eliminar para dejar por la libre aquello de la descencia y el decoro.

La Asamblea Legislativa recibirá la solicitud y deberá pasar ahora por el filtro del Directorio de Oposición Legislativa, donde se verá si las buenas intenciones prosperan o no. La iniciativa fue aceptada por los tres garantes que vigilan la elaboración de la Nueva Ley de Radio y Televisión, así como la supervisión del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT).

Jurisprudencia internacional 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en casos como Tristán Donoso contra Panamá y Usón Ramírez contra Venezuela, donde se ha llamado a los países a reformar la normativa que imponga sanciones contra personas que, principalmente en el ejercicio del periodismo, puedan cometer imprecisiones o errores en el debate de asuntos de alto interés público.

Por su parte la Comisión Interamericana de Derechos Humanos aporta en los antecedentes e interpretación de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión que

“…una interpretación correcta de las normas internacionales, especialmente el artículo 13 de la Convención Americana, nos lleva a concluir que el derecho a la información abarca toda la información, inclusive aquella que denominamos “errónea, “no oportuna” o “incompleta”. Por tanto, cualquier calificativo previo que se le imponga a la información limitaría la cantidad de información protegida por el derecho a la libertad de expresión…”.

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