Si doña Laura leyera el texto completo, además de la resolución de abril del Parlamento Europeo, y la documentación mundial sobre el tema, y si se hubiera tomado la molestia de escuchar nuestros argumentos sin rechazarlos mecánicamente, quizás no se quitaría el anillo –que debe tener un elevado valor sentimental para ella y para el señor Rico más allá del oro-, pero sí tendría más elementos para decidirse a derogar el decreto de Oscar Arias que declara de Conveniencia Nacional el proyecto minero en Crucitas. Es la única persona con la potestad de hacerlo, según lo reconoció la Sala Constitucional.
La peor demanda para Costa Rica, será la factura ambiental que nos pasará esa industria voraz y destructora, y el juicio más duro será el de la historia, y el de las generaciones venideras que señalarán a los responsables de no cumplir con el encargo que les fue dado para proteger lo que es también de quienes no han nacido.
Sábado 23 de Octubre, 2010
Dos argumentos reitera el Gobierno desde hace meses, sin escuchar ni responder concretamente a los nuestros:
1 . Que derogar el decreto 34801 implica el riesgo de una demanda millonaria por parte de la empresa minera.
2. Que vivimos en un Estado de Derecho, y el Poder Ejecutivo es respetuoso de la institucionalidad costarricense, y por lo tanto del proceso que se desarrolla en el Tribunal Contencioso, instancia del Poder Judicial.
El primer argumento no es sólo irresponsable, sino pusilánime y detractor de la Soberanía nacional. El segundo, es retórico y panfletario.
Para empezar, nunca se había visto a un Gobierno autodeclarándose una demanda, y mucho menos se había visto a los más altos funcionarios del Estado especulando sobre la suma indemnizatoria. En cualquier caso, el cálculo que se debería hacer, es el del monto –muy superior- de la demanda que podría interponérsele a Costa Rica si por la actividad minera, resultara contaminado el complejo hidrográfico más importante de Centroamérica: Lago de Nicaragua-Río San Juan. Sobre esto, el Gobierno ni siquiera se ha referido.
En cualquier caso, la empresa parece haber afirmado que si el Tribunal falla en su contra, llevará a Costa Rica a una demanda ante tribunales internacionales. Se ve que tienen un respeto invaluable a nuestras instituciones y procedimientos.
Por otro lado, la Sala IV reconoció la potestad que tiene doña Laura Chinchilla de derogar el decreto 34801, por lo que esa decisión no iría a contrapelo de la institucionalidad, sino en regla con esta, y en correspondencia a la responsabilidad ética y política de la Presidenta, a no ser que la confusión entre los Poderes de la República, y entre sus funciones, alcances y competencias, sea otra de las herencias que le dejó el ex Presidente Arias.
Por lo que a nosotros, y a la mayor parte de los costarricenses se refiere, tenemos claro desde las épocas escolares, que los tres Poderes de la República son independientes, y que en particular, las decisiones que se toman desde el Ejecutivo, no afectan los procesos que se desarrollan en el Judicial. Si la Presidenta Chinchilla ejecuta su capacidad de delimitar las actividades económicas que se desarrollan en nuestro territorio, el juicio que se está llevando en el Tribunal Contencioso seguirá su cause sin alteraciones. Otra cosa eran los Presidentes que le quebraban el brazo a las magistraturas…
David Rojas,
16 días en Huelga de Hambre, solicitando la derogatoria del decreto que declara de interés público y conveniencia nacional la minería en Crucitas.
*Uno de las personas en huelga de hambre.