
Allan Madriz | EP. El Colegio de Médicos recordó que los profesionales médicos deben preservar la vida desde el inicio de la concepción, hasta el mismo momento en que un ser humano exhale por última vez.
Sin embargo, sostiene que si deben practicar un aborto es sólo cuando una grave y seria amenaza ponga en riesgo la integridad física y la vida de una mujer embarazada.
Esta es la posición del Colegio de Médicos y Cirujanos respecto al aborto impune, en el marco de la Mesa Redonda que realizará el Comité de Bioética de la institución, el miércoles 24 de octubre en la sede central del Colegio.
“Siempre se debe privilegiar la vida y por ello, los médicos deben regirse por los principios éticos y jurídicos que la protegen en todos sus extremos, junto a otros valores como la salud y la dignidad de los seres humanos”, indicó el Dr. Andrés Castillo, Presidente del Colegio de Médicos.
Castillo explicó que si el médico se encuentra ante una situación donde sólo una grave y seria amenaza pone en riesgo la integridad física y la vida de una mujer embarazada, este deberá informarle a la paciente sobre los riesgos de continuar con el embarazo.
Las autoridades del Colegio señalan que los médicos involucrados en la decisión o práctica del aborto impune en los casos cuando procedan, tienen el derecho a ejercer la objeción de conciencia.
“Es un derecho humano y universal por el cual, el médico puede negarse a acciones que transgredan sus convicciones morales, religiosas, éticas y filosóficas. Es una decisión que debe ser plenamente respetada”, añadió el jerarca.
¿Cuál es el procedimiento a seguir según el Colegio?
- En caso que la paciente decida someterse a un aborto impune, conforme lo dispuesto en el artículo 121 del Código Penal, la solicitud de la paciente se eleva ante la Dirección Médica del Centro de Salud, para que sea de conocimiento por parte de una Junta Médica designada para revisar el caso.
- Esta Junta Médica deberá verificar la condición de riesgo de la mujer embarazada, así como la procedencia del consentimiento informado.
- La Junta deberá ser integrada por médicos especialistas que correspondan, según la patología de riesgo propia de la paciente, ya sean gineco- obstetras, perinatólogos, así como los especialistas en las enfermedades y patologías específicas relativas al caso.
- Una vez que este órgano institucional confirme la solicitud de aborto impune, la paciente será referida a su médico ginecólogo tratante para que proceda conforme a lo establecido.
- Las instituciones prestadoras de servicios médicos deben garantizarle al médico, los recursos necesarios para la óptima atención de estos casos.
En la actualidad, en el país existe una fuerte presión de varias grupos civiles y hasta la conformación de la Organización de Aborto Legal Costa Rica, para regular el aborto en el país.
Estos colectivos, exigen al Presidente Carlos Alvarado firmar la norma técnica de aborto terapéutico, que regularía el procedimiento del aborto impune en los centros médicos. Sin embargo, el mandatario costarricense ha indicado en varias oportunidades, que la norma se firmará cuando “lo considere oportuno”.




