Costa Rica debe reconocer derechos de vínculo familiar entre parejas del mismo sexo, ordena Corte IDH

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Jueces de las Corte IDH respondieron a consulta realizada por el Gobierno de Costa Rica en temas de derechos de personas sexualmente diversas. Foto: CIDH.

Allan Madriz| EP. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordenó a Costa Rica reconocer y garantizar los derechos de las parejas del mismo sexo, derivados de un vínculo familiar. 

La orden responde a una opinión consultativa realizada por el Gobierno de Luis Guillermo Solís desde el pasado 18 de mayo del 2016, en relación al cambio de nombre de las personas por su identidad de género y los derechos patrimoniales derivados de un vínculo entre personas del mismo sexo.

Los jueces integrantes de la Corte, por unanimidad, determinaron que tanto Costa Rica y todos los Estados que integran el Sistema Interamericano de Derechos Humanos deben acatar estas disposiciones.

“El Estado debe reconocer y garantizar todos los derechos que se derivan de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo de conformidad con lo establecido en los artículos 11.2 y 17.1 de la Convención Americana, y en los términos establecidos en los párrafos 200 a 218”, señala la resolución.

De igual manera, se indica que por seis votos a favor y uno en contra, los jueces ordenaron la protección de los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo.

“De acuerdo a los artículos 1.1, 2, 11.2, 17 y 24 de la Convención es necesario que los Estados garanticen el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, incluyendo el derecho al matrimonio… sin discriminación con respecto a las que están constituidas por parejas heterosexuales…”, se explica en la resolución.

Con respecto a la solicitud de opinión consultativa del cambio de nombre, los jueces ordenaron respetar los derechos protegidos por la Convención Americana.

“Los Estados deben garantizar que las personas interesadas en la rectificación de la anotación del género o en su caso a las menciones del sexo, en cambiar su nombre, adecuar su imagen en los registros y/o en los documentos de identidad de conformidad con su identidad de género auto-percibida, puedan acudir a un procedimiento o un trámite”, resuelven los jueces.

La solicitud hecha por el Gobierno de Costa Rica viene firmada por la vicepresidenta de la República, Ana Helena Chacón, el director jurídico de Casa Presidencial, Marvin Carvajal, y la directora jurídica de la Cancillería de Costa Rica, Eugenia Gutiérrez.

El artículo 7 de la Constitución Política de Costa Rica señala que los acuerdos de convenios internacionales que sean aprobados por la Asamblea Legislativa, tendrán autoridad superior a las Leyes.

Costa Rica solicitó a la Corte interpretar cuál es la protección que brinda la Convención Americana al reconocimiento de los derechos patrimoniales derivados de un vínculo entre personas del mismo sexo.

Además buscaba que se interpretara la protección que brinda la Convención Americana sobre Derechos Humanos al reconocimiento del cambio de nombre de las personas, de acuerdo con la identidad de género de cada una.

Una de las personas que participaron en resolver las consultas realizadas por el país, es la costarricense Elizabeth Odio Benito, quien se desempeña como jueza de la Corte IDH.

Si quiere leer el pronunciamiento completo de la Corte IDH a las consultas realizadas por el Gobierno de Costa Rica puede visitar:

Opinión Consultativa de Costa Rica a la Corte IDH

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