Allan Madriz | EP. La Comisión de Seguridad y Narcotráfico, de la Asamblea Legislativa, dictaminó dos proyectos de ley que buscan mejorar la regulación en cuanto a la adquisición, posesión, inscripción, portación, venta, importación, exportación, fabricación y el almacenaje de armas.
Se trata de los proyectos N° 20.508, denominado: “Ley de Armas y Explosivos N°7530 del 10 de julio de 1995, artículos 3, 25, 88 y 89”, y el N°20.509, denominado: “Ley de Armas y Explosivos N°7530 del 10 de julio de 1995, artículos7, 20, 23 Y 51”.
La primera propuesta legislativa aumenta la sanción de dos hasta cuatro años de prisión, a quien porte un arma de fuego permitida, debidamente inscrita, pero sin contar con el debido permiso.
En cuanto a las actividades con armas prohibidas se aumenta la pena de cuatro a ocho años de cárcel a quien posea, adquiera, comercialice, transporte, almacene, introduzca al país, nacionalice, exporte, oculte, fabrique, ensamble, transforme, ejerza labores de corretaje nacional o internacional o utilice, armas prohibidas por esta Ley.
“Estas son dos iniciativas que hemos venido trabajando para darle herramientas al Ministerio de Seguridad Pública como lo hicimos con el bloqueo de señales en las cárceles y como lo estamos haciendo paralelamente con la ley de extinción de dominio”, indicó el diputado del PLN y presidente del órgano legislativo, Gustavo Viales.
El segundo proyecto establece la prohibición para la portación de armas a personas que estén siendo procesadas judicialmente o tengan antecedentes relacionados con delitos contra la propiedad, violencia doméstica, contra la vida contra la libertad, e infracción a la Ley de estupefacientes, entre otros.
De igual manera, amplía la prohibición de portar e ingresar armas de fuego, municiones, explosivos (industriales o pirotécnicos) a instituciones estatales y otros sitios relacionados.
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